Reglamento interior: no acredita jornada

Reglamento interior: no acredita jornada

.
 .  (Foto: IDC online)

Cuando en el juicio laboral el trabajador reclama el pago de tiempo extraordinario y la patronal aduce que aquél carece de acción para reclamarlo por haber laborado dentro de la jornada legal, y para demostrarlo ofrece como prueba el reglamento interior de trabajo, dicho documento resulta insuficiente para justificar el horario de labores, pues una cosa es el establecimiento de la jornada por parte de la patronal y otra muy distinta la que realmente se trabaja diariamente, ya que el hecho de que el reglamento establezca una jornada determinada no significa que ésta se respete. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 780/2005. Jesús Carmela Méndez Valdez. 10 de febrero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente Manuel Armando Juárez Morales. Secretario Eduardo Pérez Patiño.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIII, Novena Época, mayo de 2006, pág. 1791. Tesis XVII.1o.C.T.32 L.

Es correcto este criterio porque el contrato de trabajo y reglamento interior de trabajo son instrumentos que sólo establecen las condiciones genéricas en que los colaboradores habrán de desarrollar sus actividades, las cuales pueden cambiar de acuerdo con las necesidades propias del patrón; razón por la cual resulta necesaria, en un juicio laboral, la exhibición de las tarjetas marcadas con reloj checador o las listas de asistencia firmadas por los propios trabajadores para verificar sus horarios de labores reales (artículos 784, fracción VIII y 804, fracción III de la Ley Federal del Trabajo).

De ahí que para revertir en un juicio laboral la carga de la prueba al trabajador, se recomiende incluir en el contrato de trabajo (individual o colectivo) y reglamento interior, una disposición que expresamente señale que para laborar tiempo extra es necesario que medie una autorización por escrito del jefe inmediato superior.