Solicitud del reparto de utilidades

Solicitud del reparto de utilidades

.
 .  (Foto: IDC online)

Si bien el precepto constitucional citado prohíbe, entre otras sanciones, la multa excesiva y la confiscación de bienes, es inexacto que el artículo 986 de la Ley Federal del Trabajo lo viole, fundamentalmente, porque no establece sanción alguna, sino que se limita a facultar a la Junta de Conciliación y Arbitraje para desechar de plano la solicitud de suspensión del reparto adicional de utilidades determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuando el patrón solicitante no satisfaga alguno de los requisitos que el artículo 985 del citado ordenamiento establece, por lo que resulta claro que el indicado numeral 986 no autoriza la imposición de multas a los particulares, sino sólo regula la actividad que debe desplegar la referida Junta en un procedimiento paraprocesal.

Amparo en revisión 1399/2005. Casa de Bolsa Santander Serfín, S.A. de C.V., Grupo Financiero Santander Serfín (antes Casa de Bolsa Santander Mexicano, S.A. de C.V., Grupo Financiero Santander Mexicano). 9 de diciembre de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Sofía Verónica Ávalos Díaz.

Fuente

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Novena Época. Tomo: XXIII, enero de 2006. págs. 1304,1305. Tesis: 2a. I/2006