Modificar prestación a solicitud de 3°

Modificar prestación a solicitud de 3°

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 .  (Foto: IDC online)

Una empresa que recibe los servicios de otra dedicada a la prestación de servicios de personal, ha solicitado a ésta dejar de otorgar a sus trabajadores prestaciones de previsión social, pues ello repercute directamente en el costo del servicio. ¿Es válido lo anterior

Definitivamente no es válida la solicitud de la empresa que recibe los servicios señalados, pues quien define por derecho las políticas de salario y prestaciones son los trabajadores y el patrón de éstos, por lo que la prestadora de personal puede negarse a tal petición, pues existe la posibilidad de analizar otras opciones en el mercado que se adapten a sus necesidades, y en caso de pretender reducir las prestaciones de sus empleados, se deberá hacer de común acuerdo con ellos mediante convenio ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje (artículos 20 y 33 de la Ley Federal del Trabajo).