Descuento por pérdida de equipo

Descuento por pérdida de equipo

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 .  (Foto: IDC online)

En la empresa utilizamos unas lectoras para que el personal obrero reporte su producción, en total tenemos 30 lectores con sus respectivos cargadores los cuales son usados en 3 turnos por el personal obrero (aproximadamente 185 trabajadores.) Estos lectores no están asignados a los obreros, los supervisores al final del turno deben contabilizar las lectoras y cargadores y dar fe de que están todas.

Hace aproximadamente un mes se perdió un cargador de lo cual nos dimos cuenta a los 3 días; el costo del cargador es de $ 2,000.00; a la semana siguiente se perdieron dos más, el Gerente de Planta solicita que se le descuente la parte que le corresponda al personal obrero para resarcir el daño. ¿Es correcta la petición del Gerente de Planta

Respuesta:

Consideramos inaplicable el descuento que refiere el gerente de planta, pues para poder efectuarlo, necesariamente debe establecerse la responsabilidad del o los trabajadores que intervinieron, pues de aplicar el descuento correspondiente sin determinar la responsabilidad, válidamente los trabajadores podrían demandar a la empresa la rescisión de la relación de trabajo por reducir los salarios pactados, en términos del artículo 51, fracción IV de la Ley Federal del Trabajo, con el consecuente pago de las indemnizaciones de tres meses, 20 días por año, parte proporcional de prestaciones y prima de antigüedad.