Jornada extraordinaria ¿obligatoria?

Jornada extraordinaria ¿obligatoria?

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 .  (Foto: IDC online)

Una empresa maquiladora asigna metas diarias de producción a los supervisores, por lo que sí al finalizar la jornada de trabajo, algún equipo no alcanza su meta debe quedarse a completarla, sin que se les paguen horas extras. ¿La compañía puede obligar a los trabajadores a quedarse a laborar para cumplir con la cuota fijada y ¿Cuáles son las consecuencias por no pagar el tiempo extra

Al establecerse en el artículo 66 de la Ley Federal de Trabajo (LFT) que por motivos de trabajo extraordinario, se puede prolongar la jornada ordinaria, se infiere que se le concede a los patrones la facultad de exigirle a los trabajadores permanecer en la prestación del servicio observando los límites legales de tres horas diarias ni tres veces por semana.

Todo trabajador que labore jornada extraordinaria, tiene el derecho a exigir el pago de horas extras, en términos de los artículos 67 y 68 de la LFT, es decir, las primeras nueve semanales con una cantidad igual a la que corresponda normalmente (dobles), y las que excedan con un 200% más independientemente del salario correspondiente (triples).

 Sí en una revisión de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social se detecta el incumplimiento de la obligación de  pago de jornada extraordinaria, o que se rebasaron los límites legales, independientemente de que se paguen, la empresa se haría acreedora a una multa de tres a 315 veces el salario mínimo vigente en el área geográfica en donde se encuentre el centro de trabajo, actualmente en la zona A equivale a $140.40 hasta $14,742.00, tal como lo establece el artículo 1002 de la LFT.