Reembolso por curso ¿previsión social?

Reembolso por curso ¿previsión social?

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 .  (Foto: IDC online)

Por política interna, la empresa reembolsa a los trabajadores todos los gastos en que incurrieron con motivo de sus clases de inglés, siempre y cuando, obtengan una calificación superior a nueve. Para efectos laborales ¿debemos considerar este reembolso como una prestación de previsión social

Si los conocimientos adquiridos en dichos cursos, no son necesarios o indispensables para el desarrollo del trabajo de sus colaboradores, el reembolso en cita es una prestación de previsión social, y por tanto resulta válido que su otorgamiento esté condicionado a su aprovechamiento, empero si estos cursos son parte de la formación laboral de sus trabajadores, es decir, necesarios para el desempeño de sus actividades, el costo de los mismos deberá ser cubierto por la empresa, pues en este supuesto, está cumpliendo con la obligación de capacitación establecida en el Título IV, Capítulo III Bis de la Ley Federal del Trabajo.