Reglamento de agencias de colocación

Reglamento de agencias de colocación

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 .  (Foto: IDC online)

Supimos de la entrada en vigor del Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores y al ser nosotros una empresa prestadora de personal (outsourcing) desconocemos si nos es aplicable. ¿Qué podrían comentarnos al respecto El Reglamento que menciona en su consulta tiene por objeto normar la prestación del servicio de colocación de los trabajadores, por lo que clasifica a las agencias de colocación de la siguiente forma:

  • lucrativas: personas físicas o morales que prestan el servicio de colocación de trabajadores, obteniendo por ello una retribución económica, y
  • no lucrativas: personas físicas o morales, dependencias u organismos oficiales, que prestan el servicio de colocación de empleo sin obtener retribución económica.

De lo anterior se desprende que toda agencia de colocación es un vínculo entre las empresas que solicitan trabajadores y éstos, razón por la que las agencias son ajenas a la relación laboral que pudiese surgir entre aquéllos.

Contrario a lo que sucede en su caso, pues la prestadora de servicios de personal referida sí funge como patrón, ya que es quien presta o renta los servicios de sus trabajadores a otras empresas que se ven beneficiadas con las labores de éstos, mediante el cobro de una determinada iguala mensual, pero dicha prestadora asume la totalidad de las responsabilidades laborales y de seguridad social inherentes. De ahí que no les sea aplicable el reglamento citado.