Adeudo superior al finiquito

Adeudo superior al finiquito

.
 .  (Foto: IDC online)

Existe un colaborador, el cual debido a su ausentismo reiterado y negligencia nos ha ocasionado daños consistentes en el pago de una maniobra de material y equipo por $5,000.00, aunado a ello, anteriormente se le había facilitado un préstamo económico por $2,000.00. Por todo esto, hemos decidido rescindir su contrato de trabajo, sin embargo al calcular su finiquito, observamos que con éste no se salda el adeudo contraído con la empresa, ¿qué podemos hacer para recuperar el adeudo

Si bien, el artículo 110, fracción I de la Ley Federal del Trabajo permite realizar descuentos al salario de los trabajadores por concepto de pérdidas o averías (una de las hipótesis en que incurrió el trabajador) y por adeudos contraídos con el patrón (segunda hipótesis), lo cierto es que si la empresa desea recuperar dicho monto, lo tendrá que hacer por la vía civil, a través de una demanda de daños y perjuicios, en atención a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Federal del Trabajo, situación que tendrá que ponderar en cuanto al costo beneficio, pues el juicio también representará un gasto importante.