Descanso dominical, ¿cómo se paga?

Procede el pago de salario doble adicional al que percibe ordinariamente su trabajador por laborar en día de descanso semanal

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 .  (Foto: IDC online)

Cómo se debe pagar a una persona que descansa el Domingo y lo trabaja. ¿Se le paga Prima Dominical, Día de Descanso Laborado, y Día Normal? Lo anterior es debido a que la Ley Federal de Trabajo Vigente me marca los pagos anteriores, pero se me dice que por jurisprudencia está definido en otros términos. En el caso específico de su consulta, señalamos que exclusivamente procede el pago de salario doble adicional al que percibe ordinariamente su trabajador por laborar en día de descanso semanal, conforme al artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que al ser el único concepto a cubrir, luego entonces, la prima dominical no de pagarse, pues ésta procede cuando el trabajador labora los días domingo como parte de su jornada ordinaria de labores y descansa cualquier otro día de la semana.