Descuento en finiquito por adeudo

Descuento en finiquito por adeudo

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 .  (Foto: IDC online)

Como nuestra empresa cierra tres semanas al año, cuando terminamos alguna relación de trabajo con algunos de nuestros colaboradores,... Como nuestra empresa cierra tres semanas al año, cuando terminamos alguna relación de trabajo con algunos de nuestros colaboradores, les descontamos de su finiquito los días de vacaciones que disfrutaron de más, lo que provocó que uno de ellos presentara una queja ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. ¿Esto es procedente

No pueden considerarse como vacaciones los días en que la compañía cierra sus instalaciones, en virtud de que es una decisión unilateral.

En tal virtud, la denuncia de tal situación ante la autoridad laboral comentada por su colaborador resulta válida, ya que puede argumentar que es la compañía quien le impidió el acceso a las instalaciones; en consecuencia, procedería el reclamo del pago íntegro de su finiquito.