Efectos de incrementar el aguinaldo

Efectos de incrementar el aguinaldo

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 .  (Foto: IDC online)

Por los resultados obtenidos este año en materia de productividad, pretendemos otorgar a nuestros trabajadores 20 días de salario por concepto de aguinaldo en lugar de los 15 previstos en la ley; pero desconocemos cuáles son las consecuencias de adoptar esta medida. ¿Podrían auxiliarnos al respecto Si la empresa decidiera cubrir esta prestación en la forma indicada en su consulta, implicaría la generación de un derecho a favor de los trabajadores, el cual podría ser exigible en años venideros en caso de que el aguinaldo se les pagara de acuerdo con lo previsto en la ley laboral. Recordemos que en materia del trabajo, la costumbre es fuente de derechos y obligaciones, en términos del precepto 17 de dicho ordenamiento jurídico.

A efecto de evitar lo anterior, lo recomendable en este caso es que la cantidad adicional sea entregada a los colaboradores como una gratificación extraordinaria.

Debe considerarse que en materia de Seguridad Social, cualquier gratificación especial integra al salario base de cotización de los trabajadores, como un ingreso variable del bimestre en que se paga (en este caso, noviembre-diciembre), debiéndose sumar a las demás percepciones de esa naturaleza en ese término, a fin de dividirlos entre el número de días de salario devengado del período bimestral de que se trate (días del bimestre menos ausencias e incapacidades) y el resultado adicionarlo al salario diario fijo integrado del mes de enero, mismo que habrá de ser comunicado al Seguro Social a través del aviso de modificación correspondiente, dentro de los cinco días hábiles de ese mes, conforme a los artículos 30, fracción III y 34, fracción III de la Ley del Seguro Social, y estará vigente durante enero y febrero.

Finalmente, para efectos del impuesto sobre la renta, esta gratificación también será gravable para los trabajadores, por lo que deberá acumularse a los demás ingresos del mes en que se perciba, para aplicar las tablas y tarifas de impuesto, subsidio y crédito al salario.