Pago de jornada extraordinaria

Pago de jornada extraordinaria

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 .  (Foto: IDC online)

Nuestra empresa paga a sus trabajadores, además de su salario ordinario, premio por asistencia, puntualidad, más bono de productividad. Ahora bien, por pedidos adicionales se tiene que emplear a algunos de nuestros colaboradores fuera de la jornada, por lo tanto laborarán tiempo extra; para hacer el pago correspondiente del tiempo extraordinario, ¿debemos utilizar como base el salario ordinario o incluir los premios señalados

Para hacer el cálculo del pago del tiempo extra, se debe de tomar como base el salario ordinario que corresponda a las horas de la jornada, no así a los premios por asistencia y puntualidad; los bonos de productividad, conforme a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la Ley Federal del Trabajo.

Para confirmar lo señalado, por analogía se transcribe el siguiente criterio:

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. HORAS EXTRAS. SALARIO CON EL QUE SE DEBE HACER SU PAGO. De la interpretación armónica de los artículos 32 y 39 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, se colige que el sueldo o salario de la jornada normal de los trabajadores de los Poderes de la Unión y del Gobierno del Distrito Federal se asigna en los tabuladores para cada uno de los puestos, constituyéndolo el total que debe pagarse a cambio de los servicios, sin perjuicio de otras prestaciones establecidas. De manera que cuando se laboran horas extras se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponde a las horas de la jornada ordinaria; de ahí que para calcular su monto debe tomarse en cuenta el sueldo ordinario conformado por las prestaciones que se reciban normalmente a cambio del trabajo.

DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.Amparo directo 2193/2003. Jefe de Gobierno del Distrito Federal. 27 de febrero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Griselda Lupita Reyes Larrauri

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XVII. Novena Época. Abril de 2003, pág. 1151.