Partiendo del supuesto de que las Percepciones Fijas (Vales de Despensa) son previamente conocidas. Si la empresa en 2005 otorgó, mil pesos bimestrales (500 mensuales) a sus trabajadores en vales de despensa, esta prestación no integra al salario, pero en noviembre y diciembre la alta gerencia decide dar $1,800 pesos ($900.00 pesos mensuales) en vales de despensa. Y en marzo de 2006, se anuncia que ahora serán $2,000.00 pesos ($1000,00 mensuales) en vales.
Preguntas:
- ¿Ahora ya integraría esta prestación
- ¿Lo recibido por los trabajadores en noviembre y diciembre, se presume como una prestación variable
- ¿un sobresueldo
- En el caso de trabajadores ?mixtos? (parte fija, salario mínimo y vales de despensa) y parte variable (bonos, comisiones, etc) ¿Se debe presentar una modificación salarial en noviembre 2005 ó hasta enero 2006, aun cuando los vales de despensa, los trabajadores los reciben a finales de cada mes
- Por poner un ejemplo, si los trabajadores de tipo mixto, usualmente traen SDI de $495.00; $700.00; $657.00 ó inclusive mas, ¿éste incremento (de vales de despensa) afecta el calculo de la parte fija Recordemos que son de salario mínimo.
Respuesta:
- Al rebasar el monto de 40% del salario diario en el Distrito Federal a que refiere el artículo 27, fracción VI de la Ley del Seguro Social para su no integración, efectivamente integrará el excedente del 40% citado.
- Efectivamente el ingreso recibido por excedentes en vales de despensa integrará al IMSS como elementos variables.
- No debe considerarse como sobre sueldo, sino excedente de vales de despensa
- Al tratarse de ingresos variables se deberá reportar o notificar el aviso de modificación salarial dentro de los primeros cinco días hábiles de enero, conforme a los artículos 30, fracción II y 34, fracción II de la Ley del Seguro Social.
- No afectará a su parte fija, sino que incrementara la parte variable del salario base de cotización.