Venta de empresa ¿suspende pensión?

El adquirente asume la calidad de patrón con todos los derechos y las obligaciones originados de las relaciones de trabajo vigentes

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 .  (Foto: IDC online)

Debido a que nos proponen una excelente oferta venderemos nuestra negociación. El comprador desea continuar con el vínculo laboral con los trabajadores porque seguirá desarrollando la misma actividad; sin embargo, ignoramos el trámite que debemos realizar ante la autoridad judicial en relación con los descuentos por pensión alimenticia que efectuamos actualmente a algunos colaboradores. ¿Nos pueden orientar sobre el particular?

Como en el supuesto planteado en su consulta no se afectarán las relaciones de trabajo, en virtud de que se configurará una sustitución patronal, porque se transmitirán los bienes afectos a la organización con el objeto de seguir con la explotación del mismo giro mercantil (art. 41 LFT), el adquirente asume la calidad de patrón con todos los derechos y las obligaciones originados de las relaciones de trabajo vigentes al momento de dicha sustitución.

De ahí que éste sea el responsable de la realización de los descuentos al salario de los trabajadores por concepto de pensión alimenticia (art. 110, fracción V LFT), por lo que el patrón vendedor no tiene que desahogar ningún trámite ante la autoridad de lo familiar.