Descuento por facturas apócrifas

Los descuentos al salario de los trabajadores están estrictamente prohibidos; a excepción de los casos expresamente señalados en Ley

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 .  (Foto: IDC online)

En días pasados uno de nuestros auditores internos nos comentó, que algunas de las facturas entregadas por los colaboradores que promocionan nuestros productos en el interior de la República por concepto de rembolso de viáticos, son apócrifas. Razón por la cual pretendemos descontar de su salario el monto correspondiente. ¿Cuál es el procedimiento legal para hacerlo?

Los descuentos al salario de los trabajadores están estrictamente prohibidos; a excepción, entre otros supuestos, de las retenciones efectuadas a dichos ingresos con el objeto de amortizar los pagos hechos en exceso, situación que se configura en su consulta en el momento que la empresa detectó que el trabajador no comprobó fehacientemente los gastos efectuados a su nombre ?viáticos? (art. 110, fracción I LFT).

En tal virtud, la empresa sí podrá realizar los descuentos referidos a los subordinados, siempre y cuando el monto total del adeudo no sea mayor de un mes de salario y las retenciones periódicas convenidas con los trabajadores no sean superiores al 30% del excedente del salario mínimo.

El plazo con que cuenta la empresa para descontar el monto de dichas facturas es de un mes, contado a partir del momento en que se percató de los hechos (art. 517, fracción I LFT).

No obstante, el patrón debe considerar que la conducta de los subordinados involucrados se considera como una causal de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para él (faltas de probidad y honradez), por lo que válidamente podrá ejercer tal derecho, según el numeral 47, fracción II de la  LFT.

Además de que falsificar un documento privado es un delito tipificado en el numeral 339 del CPDF y sus correlativos en los demás estados de la república; el cual según su gravedad puede ser sancionado con una pena de seis meses a tres años de prisión y de 50 a 500 días multa, esto es actualmente de $2,740.00 a $27,400.00. Rescisión por agresión física