Medicamentos en la empresa ¿obligación?

El patrón tiene la obligación de tener en el lugar de trabajo medicamentos y material de curación para proporcionar primeros auxilios

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 .  (Foto: IDC online)

En la visita de inspección de la que fuimos objeto por parte de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo (DGIFT) el inspector nos señaló que debíamos contar con ciertos medicamentos en las instalaciones de la empresa. ¿Es verdad?

Los artículos 132, fracción XVII, 504 de la LFT, 17, fracción X y 148 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo imponen al patrón la obligación de mantener en el lugar de trabajo medicamentos y material de curación necesarios para proporcionar primeros auxilios a los colaboradores que sufran un percance o presenten un malestar en la empresa.

De ahí que la observación hecha por el funcionario en comento sea correcta.

El incumplimiento de lo anterior originara que la negociación enfrente la imposición de una multa equivalente de 15 a 315 veces el salario mínimo general vigente (VSMGV) del área geográfica donde se encuentre ubicado el centro de trabajo, esto es actualmente en la zona ?A? de $822.00 a $17,262.00; en la ?B? de $798.90 a $16,776.90 y en la ?C? de $779.25 a $16,364.25 (art. 994, fracción V LFT).