Aviso riesgos de trabajo a la autoridad

Aviso riesgos de trabajo a la autoridad

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 .  (Foto: IDC online)

Uno de nuestros trabajadores sufrió el mes pasado un accidente de trabajo. Actualmente somos sujetos de una inspección de las autoridades laborales quienes nos indican que debimos darles aviso de dicho accidente. ¿Si tenemos esta obligación

Atento al contenido de los artículos 504, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo, 127 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, y el apartado 3.1.1 de la Norma Oficial Mexicana NOM-021-STPS-1994. Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas, los patrones deben comunicar por escrito estos imprevistos dentro de las 72 horas posteriores de ocurrido el accidente, a la oficina de la Inspección del Trabajo ubicada en la Delegación Federal del Trabajo correspondiente al lugar donde se ubique el establecimiento.

El comunicado deberá contener la siguiente información (apartado 3.1.2 de la NOM citada):

  • nombre y domicilio de la empresa;
  • nombre y domicilio del trabajador;
  • puesto o categoría y monto de su salario;
  • nombre y domicilio del médico que determinó la enfermedad de trabajo (sólo en caso de enfermedad profesional);
  • lugar y hora del accidente, narrando circunstanciadamente los hechos;
  • nombre y domicilio de las personas que presenciaron el hecho;
  • lugar en donde prestó o haya prestado atención médica al accidentado, y
  • nombre y domicilio de las personas que pudieran ser sus beneficiarios, si el empleado fallece.

La omisión en el aviso de referencia se considera como una violación a las disposiciones laborales, cuya sanción es la imposición de una multa de 15 a 105 veces el salario mínimo general diario vigente en el lugar y momento de la infracción ($632.25 a $4,425.75 en el área geográfica "A"; $601.50 a $4,210.50 en la zona "B", y $574.50 a $4,021.50 en la demarcación "C"), en términos del artículo 165 del reglamento referido.