Incremento salarial retroactivo

Incremento salarial retroactivo

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 .  (Foto: IDC online)

En el mes de febrero de este año, la empresa dio por terminados diversos contratos de trabajo, cubriendo las indemnizaciones correspondientes a los trabajadores afectados. En días pasados culminamos las negociaciones con el sindicato del establecimiento, a fin de dar por revisado, en materia de salarios, nuestro contrato colectivo, otorgando un incremento retroactivo al mes de enero. Al enterarse de ello, algunos de los ex-colaboradores se presentaron en nuestras oficinas, reclamando el pago de supuestas diferencias en sus liquidaciones, derivadas del incremento de referencia. ¿Debemos cubrírselas

Definitivamente no, porque cualquier convenio de esta índole celebrado por la empresa con el sindicato sólo aplicará a los trabajadores que se encuentren prestando sus servicios al momento de su celebración, no pudiendo prorrogar sus efectos a esos ex?empleados, aun cuando se le dé un efecto retroactivo al incremento mencionado, pues sus relaciones laborales se extinguieron al momento de su separación.