Premios compensan descuentos a salario

Premios compensan descuentos a salario

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 .  (Foto: IDC online)

Somos una empresa restaurantera, la cual tiene contratados trabajadores cuyo salario es el mínimo general vigente en el Distrito Federal. Como medio de apoyo, deseamos proporcionarles alimentación, descontando de sus percepciones una cantidad simbólica para evitar que dicha prestación sea gravada para ambas partes, otorgándoles un premio por puntualidad y asistencia a fin de compensarlos por esa deducción. ¿Sería válida esta permuta

Desafortunadamente, no, pues el artículo 97 de la Ley Federal del Trabajo prohíbe realizar descuentos al salario mínimo, salvo que se trate de deducciones destinadas a cubrir pensiones alimenticias decretadas por la autoridad judicial, o bien, pagos por préstamos concedidos por el Infonavit y/o el Fonacot, por lo cual, de otorgar ese beneficio, el importe correspondiente deberá ser absorbido por el empleador, sin que ello genere la integración de dicha cantidad a la base salarial para el cálculo de indemnizaciones.

Por otra parte, el otorgamiento de un premio o estímulo sin ninguna condicionante cambia su naturaleza de prestación a salario, y en consecuencia, no sería aplicable la exención señalada en el artículo 27, fracción V, de la Ley del Seguro Social.