¿Empresa o industria familiar?

¿Empresa o industria familiar?

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 .  (Foto: IDC online)

Mi cónyuge, mis hijos y yo, hemos constituido una sociedad anónima para prestar servicios de lavado de toallas a hoteles, por el momento no contamos con trabajadores, distribuyendo entre toda la familia el trabajo, sin embargo contemplamos más adelante contratar a una persona. Un asesor nos comentó que es mejor que sigamos como hasta ahora ya que no tenemos obligaciones laborales al ser una industria familiar. ¿Esto es cierto

Acorde a lo establecido en los artículos 351 y 352 de la Ley Federal del Trabajo, la industria familiar es un taller en donde laboran exclusivamente los cónyuges ascendientes, descendientes y pupilos, y en efecto la Ley Federal del Trabajo no le es aplicable, debiendo cumplir exclusivamente con las disposiciones en materia de seguridad e higiene establecidas en la Ley.

Sin embargo, en el caso que se plantea la empresa que ustedes constituyeron no se ubica en la figura de la industria familiar, en virtud de ser una sociedad mercantil en dónde es irrelevante que los socios sean familiares, al ser una sociedad de capitales, por ello, si quienes laboran en ella, todos son socios de las misma, no tendrán obligaciones de tipo laboral pues lo que están generando con el trabajo realizado son sus dividendos o ganancias, pero si no todos lo son, quienes no lo sean están prestando un servicio personal subordinado, y por tanto ya se están generando obligaciones de tipo laboral como podrían generarse con un tercero ajeno a la negociación.