Cambio de domicilio frente al sindicato

Cambio de domicilio frente al sindicato

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 .  (Foto: IDC online)

Pensamos cambiar la ubicación de la empresa a otro domicilio fuera de la ciudad de México, situación que nos hace cuestionarnos qué implicaciones tendríamos con nuestro sindicato y trabajadores. ¿Qué podrían comentarnos al respecto

Si en los contratos individuales de trabajo y en el colectivo se señala que los trabajadores se encuentran obligados a prestar sus servicios en cualquier parte de la República, ya sea por reubicación de la empresa o por necesidades de la misma, no existirá problema alguno pues en dichos documentos tanto trabajadores como sindicato se obligan a ello, en virtud de que los contratos obligan a lo expresamente pactado, en términos del artículo 31 de la Ley Federal del Trabajo.

Ahora bien, si no existen tales cláusulas en dichos contratos, tendrán que negociar con el sindicato este cambio y celebrar convenio para la aceptación de la modificación de la cláusula relativa al domicilio donde se deben prestar los servicios, debiendo ratificar dicho convenio ante la fe de la Junta de Conciliación y Arbitraje, en términos de los artículos 33 segundo párrafo y 34 del ordenamiento legal en cita.