Capacitación a menores de edad

La empresa no tiene la obligación de ampliar los conocimientos del menor contratado

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 .  (Foto: IDC online)

Contratamos a un menor de edad (15 años) como mensajero para prestar sus servicios dentro de un despacho de contadores, esta persona desea realizar actividades adicionales (soporte técnico de computadoras), como parte de su desarrollo dentro de la empresa, pues según él es obligación de la empresa cuando contrata personal menor de edad. ¿Esto resulta válido

La petición del trabajador, y sobre todo como obligación de la empresa por contratar menores de edad, no es válida, al no existir ninguna disposición en la Ley Federal del Trabajo que imponga a la empresa la carga de preparar a un menor de edad para ampliar sus conocimientos en otras actividades diferentes a aquellas para las que fue contratado.

Probablemente su confusión estriba en que el artículo 180, fracción IV del mismo ordenamiento establece la obligación del patrón de proporcionarle capacitación y adiestramiento, pero ésta debe ser orientada a su actividad como lo determina el artículo 153-F.