Multas: requerimiento de pago previo

Multas: requerimiento de pago previo

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 .  (Foto: IDC online)

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) esta multando a los patrones por la omisión en el pago de cuotas, sin preceder requerimiento de pago, si realizo el pago de cuotas el día que recibí la notificación de multa o en fecha posterior ¿puedo impugnarla por falta de gestión de autoridad para requerir el pago y resultar este espontáneo

Respuesta:

No existe una disposición de Ley o reglamento que indique que para la imposición de una multa por omisión de pago, la autoridad deba previamente requerir el pago al patrón moroso, por lo que la sanción sería plenamente válida aun cuando no exista requerimiento de pago de por medio, ya que son actos autónomos.

Ahora bien, por lo que hace a su pregunta referente a la realización del pago el mismo día de la notificación de la multa, podemos señalar que si la empresa tiene la manera de comprobar que el pago se realizó antes de la notificación de la sanción, aplicaría el artículo 304-C de la Ley del Seguro Social, que establece que cuando el cumplimiento de la obligación sea extemporáneo pero espontáneo, la autoridad no deberá imponer sanción. Si el pago se efectúa después de notificada la multa se perderá la espontaneidad y por tanto la multa queda firme.