Distinción de trabajadores y becarios

Distinción de trabajadores y becarios

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 .  (Foto: IDC online)

Principales cuestionamientos que sobre este tema se hacen las ?as de recursos humanos de las empresas para saber si pueden o no dar facilidades a los estudiantes para hacer sus pr?icas o servicio social en los centros de trabajo, a efecto de evitar infracciones a la legislaci?aboral y de seguridad social.

Derivado de la solicitud que muchas instituciones educativas realizan a las empresas con el objeto de permitirles a sus estudiantes de los ?mos semestres llevar a cabo sus pr?icas profesionales a efecto de terminar con ?to sus estudios de bachillerato o profesionales, las ?as de recursos humanos o de relaciones laborales se cuestionan el alcance jur?co que pueda tener tanto para la negociaci?omo para los estudiantes este tipo de relaci?por tal motivo damos a conocer mediante las preguntas m?frecuentes recibidas en este servicio de consultor?y sus respuestas, el funcionamiento de este tipo de contrataciones y sus repercusiones legales ante las autoridades fiscales, laborales y de seguridad social.

Permitir que estudiantes realicen sus pr?ica profesionales en nuestras instalaciones ¿no genera que las autoridades puedan considerarlos como trabajadores?

En lo absoluto, porque son estudiantes que est?realizando una actividad espec?ca dentro de la negociaci?con el prop?o de poner en pr?ica los conocimientos y t?icas adquiridos en la instituci?ducativa en que la se encuentran haciendo sus estudios, por tanto, no prestan un servicio personal subordinado para la empresa, requisito esencial para la existencia de una relaci?aboral, en t?inos del art?lo 20 de la Ley Federal del Trabajo. ¿Es obligatorio darles alguna cantidad durante el per?o de pr?icas?

Este per?o de pr?icas, legalmente denominado servicio social, se define como el trabajo de car?er temporal ?mediante una retribuci? no? que prestan estudiantes en inter?de la sociedad y del Estado. El que se preste en forma retributiva u onerosa deriva de la regulaci?n materia de profesiones de cada estado.

Por regla general, esta ayuda est?estinada para sufragar sus gastos de transportaci?alimentos, o bien, el pago de colegiaturas y material de apoyo necesario para terminar sus estudios, raz?or la cual, no adquiere la naturaleza jur?ca de salario sino de beca.

¿La empresa estar?obligada a afiliar al IMSS a los practicantes?

No, porque no adquieren la naturaleza jur?ca de trabajadores y en consecuencia no son sujetos de aseguramiento (art?los 8o, 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, en relaci?on los numerales 5-A, fracci?X, y 12 de la Ley del Seguro Social). Sin embargo, es importante se?r que cuando los becarios se encuentran realizando sus estudios de bachillerato o profesionales, en alguna de las instituciones p?cas que conforman el Sistema Educativo Nacional, est?incorporados al r?men obligatorio del Seguro Social, en lo concerniente al Seguro de Enfermedades y Maternidad, pudiendo disfrutar de las prestaciones en especie otorgadas por este seguro, acorde con lo establecido en los art?los 1o y 2o del "Decreto por el que se incorporan al R?men Obligatorio del Seguro Social por lo que corresponde a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, las personas que cursen estudios de los tipos medio superior y superior en Instituciones Educativas del Estado, que no cuenten con la misma o similar protecci?or parte del propio Instituto o cualquier otra Instituci?e Seguridad Social", publicado en el Diario Oficial de la Federaci?l 14 de septiembre de 1998.

¿C?puede la empresa autorizar estas pr?icas y evitar que se confunda con una relaci?aboral?

Para evitar controversias con las autoridades fiscales, laborales y de seguridad social, la empresa deber?elebrar un convenio con la instituci?ducativa que desee que sus estudiantes realicen sus pr?icas profesionales en su centro de trabajo, detallando el mecanismo a seguir para realizar las pr?icas, y posteriormente uno individual por cada practicante. ¿Qu?ebe contener el primer convenio?

Adem?de los datos generales de las partes firmantes (raz? denominaci?ocial, domicilio, etc?ra), debe detallarse que el objeto del acto es permitir a los estudiantes:

  • realizar pr?icas profesionales en las instalaciones de la compa?
  • recibir adiestramiento gratuito en una o varias de las disciplinas relacionadas con su formaci?rofesional;
  • observar de cerca el desarrollo de los procesos industriales efectuados en la empresa;
  • poner en pr?ica los conocimientos adquiridos en las aulas;
  • establecer el n?o de horas de pr?ica diarias y el per?o en que deber?realizarse;
  • establecer la cantidad que recibir?los estudiantes durante el per?o de la pr?ica, si la empresa va a dar alguna remuneraci?/li>
  • mencionar que las actividades a desarrollar por los becarios, ?amente tendr?por objeto apoyarlos en sus estudios haci?oles part?pes en proyectos donde puedan poner en pr?ica los conocimientos adquiridos en su preparaci?cad?ca;
  • se?r que los becarios no son trabajadores, al no existir nexo de subordinaci?ara con la empresa, raz?or la cual, est?excluidos de las disposiciones laborales y de seguridad social vigentes;
  • sujetar, a los becarios a las reglas de orden y disciplina implantadas en la empresa, sin que ello implique subordinaci?lguna, y
  • establecer la obligaci?e reparar los da?y perjuicios ocasionados a la compa?por la realizaci?e las pr?icas, ya sea por el becario o por la instituci?ducativa.
  • ¿Qu?bligaciones contrae la empresa frente a los becarios
  • Permitir la realizaci?e sus pr?icas profesionales en las instalaciones de la compa? dentro de los horarios especificados en su carta de asignaci?/li>
  • proveer a los becarios de los elementos necesarios para el desarrollo de sus pr?icas, y
  • cubrir la ayuda econ?a pactada en el convenio celebrado con la instituci?ducativa, en la fecha y forma se?das en el acuerdo y la carta de asignaci?/li>
¿Y con la instituci?ducativa?

?icamente vigilar que los becarios realicen personalmente sus pr?icas, informando a la instituci?ducativa los avances logrados por los estudiantes, salvo que en el convenio se haya pactado alguna otra obligaci?b> ¿Cu?s son los principales beneficios para la empresa al aceptar becarios en su centro de trabajo?

Principalmente dos:

  • contar con una cartera de candidatos de diversas profesiones, qui?s podr? satisfacer necesidades espec?cas para el desarrollo de cualquier proyecto relacionado con las actividades primordiales de la empresa, y
  • contratar personal comprobadamente capacitado, para integrar a su plantilla laboral.
Modelo de convenio a celebrar con la instituci?ducativa para la aceptaci?e un determinado becario en la empresa

Dentro de la asesor?proporcionada por la Confederacion de C?ras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concam?, el modelo de convenio que a continuaci?resentamos ha sido recomendado para su uso en este tipo de situaciones, y ha funcionado en empresas adheridas a ?a. El documento puede ser adicionado o modificado de acuerdo a las necesidades de cada negociaci?y a las puntos de protecci?spec?cos que se deseen cubrir.

Convenio de practica profesional
"plan escuela empresa"
                                                                                    No. ____________________ Datos del practicante ______________________________________________________Nombre_________________________ No. de boleta de registro ___________________Domicilio ________________________________________________________________Tel.: __________________________________________________________________Carrera profesional que cursa ________________ Especialidad ____________________Grado acad?co _________________________________________________________                                                                          _____________________                                                                             Firma del practicanteDatos del plan educativo ___________________________________________________Nombre ________________________________________________________________Direcci?______________________________________________________________Tel.: __________________________________________________________________Instituci? la que pertenece ____________________________________________Nombre del director del plantel ____________________________________________                                                                         ______________________                                                                               Vo. Bo. ResponsableDatos de la empresa ___________________________________________________Nombre ______________________________________________________________Direcci?___________________________________________________________Tel. _________________________________ Giro y/o Actividad ________________Afiliada a la C?ra ___________________________________________________Nombre y cargo del responsable que autoriza la pr?ica _____________________Per?o de la pr?ica ___________________________________________________Monto mensual del donativo para el practicante _____________________ $ ___________________________________________________________________________
(Con letra)                                                                           _____________________                                                                             Firma del responsable                                           Autorizado
                                            Concamin                                 __________________________
                                                   Nombre y firmaOriginal para la empresaCopia para el interesadoCopia para el expediente de la escuelaCopia para el plan escuela-empresa                                                  Lugar y fecha ____________________________


Instrucciones generalesLa pr?ica profesional es un requisito establecido en el plan de estudios como antecedente obligatorio al examen profesional, se considera como un complemento a las ense?as proporcionadas por la escuela en sus aulas y laboratorios y como una oportunidad m?de adquirir conocimientos por cuenta propia, as?omo para establecer relaci?on algunas de las actividades propias de la profesi?/p> El alumno deber?umplir con las siguientes obligaciones, durante el desarrollo de su pr?ica profesional:a) Sujetarse a los reglamentos interiores de la industria o instituci?onde practica y cumplir debidamente las ?nes de trabajo que se le dicten.b) Llevar consigo la credencial de la escuela a fin de identificarse en cualquier momento.c) Permanecer en el ejercicio de su pr?ica durante todo el tiempo que le haya sido asignada y por ning?otivo abandonarla antes de su vencimiento, sin la previa autorizaci?el responsable de la actividad en la escuela y en la empresa.d) Enviar o entregar a la escuela un reporte mensual, en el cual se indique la forma como est?fectuando su pr?ica, se?ndo los d? que ha trabajado, la clase de trabajo desarrollado y dem?datos que considere de inter?para su expediente y para el control de la pr?ica, estos reportes deber?venir revisados por una persona autorizada de la empresa o dependencia donde practica (turnar una copia del reporte a la oficina central y/o regional del plan escuela-empresa).Nota: El presente convenio no establece compromisos laborales entre la empresa y el practicante, puesto que la finalidad que se persigue es complementar la preparaci?r?ica de este nuevo profesionista, cualquier queja justificada por parte de la empresa respecto a la conducta del practicante ser?uficiente para rescindir de inmediato este convenio, que por otra parte no exceder?e seis meses.Del informe de la pr?ica1o. Todo practicante deber?ormular por escrito original y tres copias (Concamin, escuela y empresa) un informe detallado sobre su pr?ica, exponiendo ?amente t?os t?icos relativos a los trabajos desarrollados, priv?ose de incluir en dicho informe datos o especificaciones exclusivas de la empresa donde practica.2o. El plazo m?mo para entregar el informe ser?e cuatro meses, contados a partir de la terminaci?e la pr?ica.3o. El informe ser?alificado por los responsable de la actividad en la escuela, pudiendo ser aprobado o rechazado.