Contratación de discapacitados

Contratación de discapacitados

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 .  (Foto: IDC online)

 El cual tiene por objeto dar a conocer que su contratación es sencilla y está comprobado que son más fieles y productivos que los demás.

Preámbulo

Hoy día en México, las personas con discapacidad enfrentan una problemática en su inserción laboral, por ello en los últimos 10 años se han realizado esfuerzos para revertirla, involucrándose los sectores público, privado y social.

Para ello, se ha puesto interés en realizar una formación ocupacional; un diseño de ayudas técnicas y financieras para evitar el subsidio a las empresas y campañas publicitarias de sensibilización; sin embargo, aún existe una barrera de desinformación y desconocimiento, en el entendido de que la respuesta a esta problemática no es sólo contar con leyes adecuadas, sino disponer de agentes mediadores para satisfacer las necesidades de las personas involucradas en ello, es decir, el trabajador discapacitado y el empresario.

Antecedentes de la integración laboral de personas con discapacidad 

A escala

Internacional

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1995 emitió la recomendación 99 que invita a la integración laboral de las personas con discapacidad, ésta fue complementada por el convenio 159, el cual obliga a los países firmantes a establecer políticas para tal efecto. México lo ratificó en 2001.

La Asamblea General de las Naciones Unidas, el 9 de diciembre de 1975 publicó la Declaración de los derechos de las personas con discapacidad, donde se estableció: ?La persona con discapacidad tiene derecho a que se respete su dignidad humana??

La misma Asamblea aprobó la Resolución 48/96 Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, que refiere en su artículo 7o que los países deben reconocer el principio de que las personas con discapacidad tienen que estar facultadas para ejercer sus derechos humanos en particular en materia de empleo con igualdad de oportunidades.

Nacional

En nuestro país se puso en marcha en 1995 el Programa Nacional para el Bienestar y la Incorporación al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, con el objeto de proporcionar a este tipo de personas acceso a la rehabilitación laboral, así como a oportunidades de capacitación y empleo.

En el 2002 inició el aún vigente Programa de la Integración para las Personas con Discapacidad elaborado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que cuenta con estrategias para apoyar y facilitar la integración laboral de estas personas.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1o prohíbe la discriminación; el numeral 5o señala que no se prohibirá el desempeño de trabajo a persona alguna, siendo lícito y el precepto 123 dispone que toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) en sus numerales 498 y 499 obliga a los patrones a conservar a sus trabajadores con secuelas derivadas de accidentes de trabajo.
La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación define a la discriminación como ?toda distinción, exclusión o restricción que basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social, económica, condiciones
de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil, o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

Estatal

Los códigos penales sancionan la discriminación por razones laborales, es el caso de los del DF, Chiapas, Veracruz y Aguascalientes que castigan las conductas que atentan contra la dignidad de las personas.

Sensibilización y trato hacia las personas con discapacidad

Una persona con discapacidad es aquella que por causa de una pérdida o deficiencia anatómica o función corporal, puede presentar limitaciones en la ejecución de alguna de sus actividades cotidianas, que pueden potencializarse o restringirse por el entorno social. Si éste es positivo, es viable lograr la participación social de la persona.

Frecuentemente se ve por doquier a personas en sillas de ruedas; que emplean bastones para trasladarse o que tienen alguna limitación visual, mismas que en ocasiones pasan desapercibidas, situación que genera su exclusión y segregación aun cuando existen quienes los cuidan y los hace más vulnerables.

Lo trascendente es que la discapacidad radica en las barreras sociales no en la falta de audición, vista o movilidad.

Tipos de discapacidad

  •  física: dificultad en la movilidad o para desarrollar habilidades como sostener objetos. Es solucionable con terapias o prótesis.
  •  sensorial que puede ser:
    • auditiva: pérdida total o parcial de la capacidad de oír. 
      Se resuelve con auxiliares auditivos, utilización de lenguaje de señas o simplemente lápiz y papel;
    • del lenguaje: dificultades totales o parciales para hablar. Se soluciona utilizando computadoras, aparatos de  intercomunicación o papel y lápiz, y
    • visual: pérdida total o parcial de la capacidad de ver o mirar. Las personas que las padecen se pueden auxiliar de perros guía, bastones, Sistema Braille, etc;
  •  mental: se presenta en personas que tienen una condición como la esquizofrenia, psicosis o síndrome bipolar y se trata con medicamentos, e
  •  intelectual antes llamada deficiencia mental: se caracteriza por el retraso en el aprendizaje.

Beneficios financieros de contratar personas con discapacidad


En México un número de empleados líderes ha demostrado que existen beneficios comerciales al contratar personas con discapacidad, pero siguen siendo minoría, su exclusión al trabajo se debe al temor de que no son los empleados idóneos.

Sin embargo, las personas con discapacidad al integrarse al mercado laboral, de hecho, coadyuvan al éxito de las empresas, construyendo un ciclo poderoso de equilibrio y cohesión social que favorece la competitividad económica.

A esto se le conoce como responsabilidad social y las empresas que la ejercen saben que invertir en abrir puestos de trabajo para estas personas redunda en estímulos financieros y reconocimiento social por dicha apertura, por ejemplo, el Reconocimiento de empresa incluyente que certifica la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a las empresas que emplean personas discapacitadas, permitiéndoles incluir en sus productos un logotipo distintivo que les redunda en ganancias y prestigio social.

Por su parte, la Ley del Impuesto sobre la Renta establece en su artículo 222 un estímulo fiscal a los patrones que contratan personas con discapacidad permitiéndoles deducir de sus ingresos el 100% del monto del impuesto causado y retenido de estos trabajadores.

La Ley del Seguro Social (LSS) en su artículo 196 exime al asegurado que goce de una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez a efectuar las cotizaciones de los gastos médicos para pensionados del Seguro de Enfermedades y Maternidad y las del Seguro de Invalidez y Vida cuando reingrese al régimen obligatorio. Al patrón también se le exime del pago de estos seguros.

Un provecho monetario para la sociedad en su conjunto al abrir espacios laborales, es la disminución de la carga de pensiones de seguridad social, ya que es mejor que un trabajador discapacitado perciba su propio sueldo y no una pensión.

Inserción laboral de personas con discapacidad

Condiciones generales

Las personas con discapacidad rigen sus relaciones laborales en la LFT y se les aplica la LSS, pagando las mismas cuotas al
Seguro Social que cualquier trabajador.

El trabajador con discapacidad al ingresar a laborar debe contar con los conocimientos y habilidades suficientes para el puesto a desempeñar, pero eventualmente puede no resultar exitosa su contratación, lo cual no debe desalentar a los patrones para contratarlo.

Principios de actuación

Son los dirigidos a propiciar la participación de las personas con discapacidad en el ámbito productivo del país promoviendo el ejercicio de sus derechos ciudadanos y son entre otros:

  • garantizarles igualdad en las condiciones de trabajo y seguridad social, haciendo valer el derecho a la no discriminación;
  •  su integración a la vida laboral debe realizarse porque es el candidato idóneo al puesto y no crearles puestos especiales;
  •  su ubicación en determinado puesto de trabajo debe estar orientado a aprovechar sus conocimientos habilidades e intereses, y
  •  no es necesario que se utilicen todas sus facultades físicas mentales y sensoriales para el desempeño de un trabajo;

Procedimiento para la inserción de personas con discapacidad

Cuando una empresa considera integrar a personas con discapacidad en su equipo de trabajo es conveniente que observe los siguientes pasos:
  •  reunir a los directivos para comunicarles la decisión de que se integrarán personas con discapacidad, para que definan los procedimientos a seguir;
  •  realizar un recorrido en las áreas laborales y verificar la existencia de sistemas de seguridad apropiados;
  •  promover entre los compañeros de trabajo, previo la selección y reclutamiento de personal, la integración laboral de estos elementos para generar un crecimiento armónico entre los colaboradores, así como una actitud incluyente sin importar las características o diferencias sociales o culturales, para que en su conjunto los trabajadores se sientan parte integrante de la empresa;
  •  detectar las necesidades de personal (vacantes);
  •  definir las funciones del puesto y perfiles del ocupante;
  •  verificar sueldo según tabulador y rutas de acceso al centro de trabajo;
  •  formar la cartera de candidatos previamente evaluados;
  •  contactar a profesionales responsables en los Centros de
    Rehabilitación y Educación Especial o de Rehabilitación e
    Integración Social del DF, a efecto de que expidan el documento oficial donde se determine la incapacidad del trabajador discapacitado, el cual se integrará a su expediente;
  •   establecer, previo a la contratación de estas personas, sus obligaciones y derechos;
  •  definir que el trabajador pasará por un proceso de inducción;
  •  precisar que la capacitación se efectuará según las necesidades de la empresa, e
  •  inscribir a estas personas ante el IMSS para posteriormente solicitar el certificado de discapacidad para hacer efectivo el estímulo fiscal establecido en el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Consideraciones con respecto de un empleado con discapacidad intelectual

  •  Para la firma de su contrato de trabajo o algún compromiso por escrito, es necesaria la presencia de su tutor, y
  •  son personas que:
    • disfrutan pertenecer a la comunidad;
    • pueden presentar problemas de lenguaje;
    •  requieren de indicaciones claras;
    •  con frecuencia afirman haber entendido instrucciones aunque no sea así;
    •  tienen dificultad para establecer juicios y tomar decisiones;
    •  no han asistido a escuelas regulares, pero si han recibido educación especial;
    •  requieren períodos de instrucción más largos, pero una vez que han aprendido, realizan su trabajo dentro de los parámetros establecidos, y
    •  necesitan el apoyo de sus supervisores, pero se debe retirar paulatinamente.

Técnicas para la inducción al puesto de trabajo a personas con discapacidad

Intelectual

Debe existir la demostración del trabajo a ejecutar, con uso de lenguaje breve y simple, así como establecer rutinas para la mejor realización de su trabajo. Es importante la comunicación y retroalimentación.
sensorial
La persona sorda y ciega, si bien es cierto, debe llenar los requisitos del puesto para que se le contrate, también lo es que su patrón considere que quizá sea necesario realizar algunos ajustes.

Personas ciegas

  •  Para la firma de su contrato de trabajo o algún compromiso por escrito, es necesaria la presencia de una persona que vea y que sea de confianza del trabajador;
  •  señalarles la ruta de aquellas áreas a las que tendrán acceso;
  •  mantener esas rutas libres de obstáculos;
  •  asignar a una persona en la empresa que les explique verbalmente como está organizada su área de trabajo, con qué personas tendrán contacto y como pueden disponer de sus herramientas;
  •  no mover de lugar sus instrumentos de trabajo, y
  •  si son usuarios de computadora requerirán de un lector de pantalla.

Personas sordas

  •  Para la firma de su contrato de trabajo o algún compromiso por escrito, es necesaria la presencia de una persona que escuche y sea de confianza del trabajador;
  •  se sugiere un intérprete de lenguaje de señas durante la inducción a sus labores;
  • asegurarse de que comprendió correctamente las funciones del puesto, y
  •  comunicarse con el trabajador utilizando escritura.

Física

Antes de contratar al trabajador deberá realizarse una revisión de las barreras arquitectónicas que pueden dificultar el acceso a alguien que utilice muletas, bastón o silla de ruedas.

En el caso de las empresas, tener rampas, áreas de tránsito espaciosas y bien delimitadas, puertas amplias, señalización visual y sonora, baños que permitan la circulación de sillas de ruedas, les permite no sólo contactar a personas con diferentes tipos de discapacidad, sino también disponer de sitios de fácil acceso para el tránsito de los trabajadores, desplazamiento de materiales y cambio de mobiliario, con lo cual disminuyen los riesgos de trabajo.

Derechos y obligaciones

Todo derecho implica una obligación; por ello se espera que los trabajadores discapacitados sean responsables en su actuar y exigentes de sus derechos, pero cumplidores de sus obligaciones.

En resumen, se debe tratar a las personas con discapacidad como cualquier otra, respetando todos sus derechos y obligaciones como cualquier ser humano.


Con el fin de contribuir al avance de la sociedad, se tiene la obligación y responsabilidad de incluir en ella a todos los grupos sociales y recordar que las personas con discapacidad son productivas y deben pagar sus impuestos como cualquier ciudadano, para lo cual deben contar con un empleo.

Orientación y apoyos a patrones de personas con discapacidad

Muchas personas con discapacidad han ingresado a colaborar en las diferentes actividades del país, por lo que cada vez más empresas reconocen el compromiso y las aportaciones de estas personas, pero se debe continuar promoviendo la cultura laboral en torno a su integración.

Muchos patrones pueden beneficiarse de las labores de los trabajadores con discapacidad, capaces, responsables y comprometidos, siempre que cuenten con las aptitudes y actitudes para el puesto apropiado y cuenten con el apoyo requerido, de ahí que existan diversas instituciones públicas y privadas con las cuales se puedan contactar para tal efecto. Entre los diferentes servicios que ofrecen las instituciones que trabajan con personas con discapacidad
?Industrias de Buena Voluntad IAP (Goodwill Industries), Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF); Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, entre otras?, se encuentran:

  •  bolsas de trabajo especializadas;
  •  carteras de demandantes de empleo clasificados, capacitados y orientados;
  •  procesos de selección;
  •  asesoramiento en materia de contratación;
  •  apoyo para realizar las adaptaciones requeridas al puesto de trabajo;
  •  identificación y gestión de ayudas técnicas;
  •  seguimiento a las colaboraciones realizadas;
  •  identificación de formas de operar bajo esquemas de ocupación alternos;
  •  apoyo médico y psicológico, e
  •  instrumentación de medidas de seguridad e higiene, etc.

Conclusiones

Como puede observarse, el emplear a personas con discapacidad tiene los siguientes beneficios:

  • su presencia en los equipos de trabajo influye positivamente en el resto de los trabajadores, porque su esfuerzo por salir adelante motiva a los demás;
  •  aumenta la productividad de las compañías;
  •  disminuye el porcentaje de rotación del personal de la compañía, y
  •  se accede a beneficios fiscales y de seguridad.