¿Cómo se hace efectiva una fianza?
TRABAJADOR
Lleva a cabo una conducta indebida y preista en la póliza de fianza
PATRÓN
Envía aviso preventivo dentro de los 10 días contados a partir del siniestro señalando:
-número de fianza
-fecha de descubrimiento del ilícito
-nombre del pesunto empleado infiel
-monto del desfalco
AFIANZADORA
-Otorga 30 días naturales para integrar el expediente del reclamo el cual contendrá:
-copias: certificadas de la denuncia penal interpuesta y ratificada ante el MP correspondiente, simples de los elementos de prueba que demuestren la realización del delito por el empleado infiel
-cuantific el daño patrimonial causado a la empresa y el monto de derechos traducibles en numerario que tenga la compañía del empleado
-efectúa el pago correspondiente en el mplazo de 30 días naturales siguientes
Preámbulo
Toda empresa debe contemplar los riesgos derivados de la existencia de la relación laboral con sus trabajadores, principalmente si éstos manejan dinero en efectivo, valores o mercancías susceptibles de pérdida o menoscabo.
Un instrumento útil en estos casos es la fianza de fidelidad, la cual un gran número de compañías se rehúsan a implementar, pues piensan erróneamente que en ésta intervienen sólo el patrón y trabajador y es el último quien cubre el monto de la prima asegurada, cuando en realidad al ser el primero el interesado en salvaguardar su patrimonio es quien paga dicha prima y a su vez la institución afianzadora es la responsable del monto de lo desfalcado para resarcírselo al contratante (patrón).
¿Qué es y para qué sirve
El artículo 2794 del Código Civil Federal, refiere que la fianza en general es el contrato mediante el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor si éste no lo hace.
Trasladando esta definición al ámbito laboral, la fianza de fidelidad se configura cuando el fiador (institución afianzadora) se obliga por escrito solidariamente con el fiado (trabajador) a pagar una deuda a cargo del mismo ?derivada en forma eventual de las obligaciones inherentes a su trabajo? a cambio de la prima que se obliga a cubrir el contratante (patrón), a
efecto de prevenir un posible riesgo, como lo son: el robo, desfalco o desaparición de mercancía, en contra de los bienes que conforman la negociación del patrón.
De lo anterior se infiere que la naturaleza de este acto jurídico es eminentemente mercantil, tal y como se observa en el numeral 2o de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas que expresamente señala: las fianzas y los contratos, que en relación con ellas otorguen o celebren las instituciones de fianzas, serán mercantiles para todas las partes que intervengan, ya sea como beneficiarias, solicitantes, fiadas, contrafiadoras u obligadas solidarias, excepción hecha de la garantía hipotecaria.
Ventajas de la fianza de fidelidad Como la oferta de este tipo de fianzas está en aumento, las empresas afianzadoras brindan al cliente (patrón) un mayor número de beneficios, los cuales se pueden dividir básicamente en:
- directos:
- reparar el daño ocasionado por el trabajador, en caso de que se produzca alguna pérdida ocasionada por un fraude, robo o abuso de confianza en contra de los bienes de la empresa;
- rembolsar a la empresa el monto del daño patrimonial ocasionado por los empleados;
- pagar primas inferiores en la renovación de contrato cuando no se hace uso del servicio, y
- ofrecer, en algunos casos, asesoría jurídica en siniestros, por mencionar algunos, e
- indirectos
- crear un efecto preventivo induciendo al empleado a no cometer actos ilícitos, haciendo de su conocimiento las consecuencias legales que ello acarrea, esto es las de carácter:
- penal: al verse involucrado en la comisión de un delito, y
- laboral: al existir necesariamente la rescisión de la
relación laboral con la empresa;
- hacer deducible el pago de la prima de contratación;
- fomentar la revisión de los sistemas de control interno de la empresa, con el objeto de reducir al máximo y así determinar coberturas del personal con primas menores, y
- otorgar al contratante (patrón) certidumbre de lo que ha de ocurrir en el caso de un siniestro.
- crear un efecto preventivo induciendo al empleado a no cometer actos ilícitos, haciendo de su conocimiento las consecuencias legales que ello acarrea, esto es las de carácter:
¿Ante quién se tramitan las fianzas y qué cubren
Las afianzadoras son las encargadas de emitir las fianzas de fidelidad a favor de las empresas, quienes mediante el pago de una prima aseguran los bienes que manejan o tienen en custodia sus colaboradores en el desarrollo de su trabajo.
Entendiendo que existen diversos tipos de coberturas, pero las más importantes son:
- individual, garantiza el resarcimiento del daño patrimonial causado por un sólo trabajador en un puesto determinado y por una suma específica. Bajo este rubro se pueden incluir a vendedores y comisionistas;
- cédula, responde por la reparación del daño al peculio causado por un grupo de trabajadores, pudiendo ser éstos personas que desempeñan puestos diferentes, por tanto la fianza es individual y cubre diversos montos;
- global, se responsabiliza por menoscabos causados por el personal administrativo de una compañía y es por un importe único que cubre uno o varios ilícitos, excepto los correspondientes a comisionistas y vendedores, pero puede incluir a los obreros y personal de empresas filiales;
- responsabilidad limitada, garantizan el daño patrimonial que ocasione el personal administrativo de la empresa, agrupándolos en tres niveles de responsabilidad, hasta cierto límite del monto total de la fianza, excepto a los relativos a comisionistas y vendedores;
- estratos, resarce el daño patrimonial causado por todo el personal administrativo de una empresa agrupados en tres capas, cada una tiene un cierto porcentaje del total de los empleados y un monto global independiente de cada uno de aquéllos, que guardan entre sí una proporción determinada del monto total de la fianza, y
- obreros, repara el daño patrimonial originado por todo el personal obrero de una empresa con una aportación única, la cual cubre uno o varios ilícitos hasta la totalidad del monto.
RestriccionesEn la práctica, existen limitantes para la cobertura de las fianzas las cuales consisten en:
- hechos ocurridos previo o posterior a la vigencia de la fianza;
- créditos otorgados al trabajador;
- duplicidad de funciones del trabajador, o al tratarse de fianzas globales en este mismo supuesto opera una cobertura limitada al 40% con un deducible del 10%;
- pérdidas que no puedan ser atribuidas a los trabajadores;
- personal que preste servicios en lugares diferentes a los manifestados como centros de trabajo por el contratante en la fianza respectiva, o
- adeudos ya existentes del trabajador.
Conclusión
Es evidente que la implementación de las fianzas de fidelidad en las empresas representan una seguridad en las operaciones realizadas por su personal, ya que están cubiertas (protegidas) contra cualquier contingencia que pudiese presentarse.
De ahí la importancia de que las empresas consulten con varias afianzadoras, para verificar el plan que mejor le acomode a sus necesidades, pues si bien es cierto la protección de su patrimonio es lo esencial, también lo es que el pago de las primas a pagar por las fianzas pueden variar de una a otra afianzadora, así como los beneficios.