Comisiones que debe tener toda empresa

Comisiones que debe tener toda empresa

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 .  (Foto: IDC online)

Es frecuente que los inspectores dependientes de la Direcci?eneral de la Inspecci?ederal del Trabajo en el ejercicio de sus facultades de comprobaci?es soliciten a los patrones visitados la documentaci?oporte de la creaci? el funcionamiento de las comisiones mixtas con las que debe contar de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo; requerimiento que algunos de ellos no pueden desahogar debido al desconocimiento de dicha obligaci?situaci?ue provoca que se les imponga una sanci?ecuniaria que oscila de tres a 315 veces el salario m?mo general vigente en el ?a geogr?ca donde se hubiese cometido la infracci?esto es en zona A de $151.71 a $15,929.55; en B de $147.00 a $15,435.00 y en C de $142.80 a $14,994.00.

Con el objeto de evitar lo anterior, a continuaci?e detallan los puntos que deben observar los patrones respecto a las comisiones mixtas que deben operar en los centros de trabajo.

COMISI? YFUNDAMENTOLEGAL ¿CUNDO DEBE CONSTITUIRSE? ¿DE CUNTOSINTEGRANTESDEBE SER? ¿CUNTAS DEBENEXISTIR? ¿DE QU?ES RESPONSABLE?
PTU (Art?los 120, 121, 122, 123, 124 y 125 de la LFT1) Es recomendable conformarla con antelaci?l inicio del per?o de reparto de utilidades (marzo o abril seg?e trate), esto es dentro de los 10 d? siguientes al de la presentaci?/p>

de la declaraci?nual del ISR

La legislaci?aboral no se? un n?o m?mo o m?mo de representantes, s?se concreta a indicar que se integrar?or igual n?o de representantes de ambas partes Una comisi?or empresa ·        Determinar las reglas para la individualizaci?e las utilidades objeto de reparto; ·        fijar el proyecto de reparto de utilidades que hubiese formulado en todos los establecimientos de la empresa, cuando menos con 15 d? de anticipaci?l pago, y ·        recibir y resolver las inconformidades de los trabajadores en un plazo de 15 d?, posterior a la difusi?el proyecto de reparto
Capacitaci? adiestramiento (Art?los 153-I de la LFT y 136 del RFSHMAT2y numeral primero de los Criterios Generales de esta materia3) Como es de car?er permanente, debe integrarse en el momento en que la empresa tenga trabajadores a su servicio Una comisi?or empresa; sin embargo existen entes econ?os que por las necesidades de operaci?orman m?de una, o bien, subcomisiones. Situaci?ue formalizan a trav?de un convenio ·    Vigilar la instrumentaci? operaci?e los planes y programas que se implanten en la empresa para otorgar capacitaci? adiestramiento a los trabajadores, y ·        recomendar las medidas tendientes a perfeccionarlos conforme a los requerimientos de los trabajador empresa
Reglamento Interior de Trabajo (Art?los 424 y 425 de la LFT) En el momento en que la empresa y los trabajadores tomen la determinaci?/p>

de elaborar su reglamento interior de trabajo

Se puede conformar una comisi?or cada establecimiento o sucursal, si ?os tienen condiciones de trabajo distintas ·      Elaborar y depositar el reglamento ante la Junta de Conciliaci? Arbitraje dentro de los ocho d? siguientes a su firma; ·      imprimir y repartir el reglamento entre los trabajadores, y ·    fijar tal documento en lugares visibles de los centros de trabajo
Cuadro de Antig?des (Art?lo de la 158 LFT) Esta comisi?o tiene un plazo legal para su constituci?sin embargo debe integrarse con anterioridad a que la empresa d? conocer el per?o vacacional inicial de sus colaboradores, y posteriormente durante el mes de enero Una comisi?or cada centro de trabajo ·         Formular el cuadro general de antig?des; ·      dar a conocer a los trabajadores dicho documento, y ·      atender y revisar las objeciones que realicen los trabajadores
Seguridad e Higiene (Art?los 509 de la LFT, 125, 130 y 132 del RFSHMAT y NOM-STPS-019-2004) En un plazo no mayor de 30 d? h?les, a partir de la fecha de inicio de actividades de la empresa La legislaci?aboral no se? un n?o m?mo o m?mo de representantes, s?se concreta a indicar que se integrar?or igual n?o de representantes de ambas partes, quienes preferentemente deber?tener conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo Una comisi?or empresa; pero pueden integrarse comisiones: ·      centrales: si la compa?cuenta con varios establecimientos en una misma ciudad o municipio, y ·    estatales:en el caso de que los establecimientos se ubiquen en diferentes municipios en una misma ciudad o municipio ·      Elaborar un programa anual de verificaciones dentro de los 15 d? siguientes a la integraci?e la comisi? posteriormente, a m?tardar en los primeros 15 d? h?les de cada a?considerando las ?as  peligrosas del ente; ·      efectuar las verificaciones programadas (mensuales, bimestrales o trimestrales, de conformidad con el programa anual), con el objeto de detectar las condiciones peligrosas o insalubres imperantes en el centro de trabajo; ·      efectuar verificaciones extraordinarias en casos de riesgos de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes, y cambios de procesos que puedan reportar condiciones peligrosas; levantar actas de cada verificaci?/p>

anotando las condiciones peligrosas y el incumplimiento, que en su casoexista a la normatividad aplicable;·      investigar, analizar y registrar enlas actas las causas de los riesgosde trabajo y proponer medidas desoluci?y·      atender y asentar en las actas deverifi caci?as condiciones peligrosasque se?n los trabajadores,emitiendo las observaciones quecorrespondan, haci?olas delconocimiento del patr?e manerainmediata

 

Notas:

1 Ley Federal del Trabajo

2 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo

3 Acuerdos: por el que se fi jan los criterios generales y se establecen los formatos correspondientes para la realizaci?e los tr?tes administrativos en materia de capacitaci? adiestramiento y por el que se actualizan dichos criterios y formatos publicados en el Diario Oficial de la Federaci?el 30 de diciembre de 2004 y 9 de marzo de 2006 respectivamente