Protección personal ¿deber o necesidad?

Medidas a adoptar por las empresas en materia de implementación de equipo de protección para sus trabajadores y el beneficio de ello

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 .  (Foto: IDC online)

Preámbulo

Toda acción humana conlleva cierto riesgo de que ocurra algún tipo de contingencia que ponga en peligro la integridad física de las personas.

Como la actividad laboral no es la excepción, resulta verdaderamente indispensable que las empresas proporcionen equipo de protección personal (EPP) a su activo más valioso con el que cuentan, a sus colaboradores, pues inexorablemente se encuentran expuestos a factores o agentes del medio ambiente laboral que pueden dañarlos en mayor o menor medida, según la actividad que desempeñen.

De ahí que la legislación laboral por una parte tutele el derecho de los trabajadores a ser protegidos y por la otra señale expresamente la obligación de las empresas a otorgarles a éstos los elementos indispensables para su protección.

Por todo lo anterior se considera de particular relevancia abordar la normatividad en la materia, específicamente la NOM-017-STPS-2001, con el propósito de recordar a las organizaciones la importancia de la observancia de esta obligación, así como las consecuencias de su incumplimiento.

Normatividad

La implementación de las medidas de seguridad en el ámbito laboral se encuentra regulada en diversos ordenamientos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123, apartado “A”, fracción XV, establece que los patrones se encuentran obligados a adoptar las medidas que sean necesarias para prevenir accidentes de trabajo relacionados con el uso de maquinaria, instrumentos y materiales de trabajo, así como llevar a cabo una adecuada organización del centro de labores con el propósito de garantizar la salud e integridad física de los subordinados.

Por su parte, la Ley Federal del Trabajo (LFT), en sus numerales 132, fracciones XVI y XVII y del 512 al 512-F contemplan que las compañías deben establecerse de acuerdo con los principios de seguridad e higiene, con el objeto de prevenir riesgos de trabajo y alteraciones en la salud de los colaboradores; acatar las medidas necesarias para evitar que los contaminantes excedan los máximos permitidos en la normatividad de la materia y cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene señaladas en la propia ley, sus reglamentos e instructivos emitidos por las autoridades del trabajo.

Asimismo, el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo (RFSHMAT) en sus disposiciones 26, 40, 47, 54, 60, 76, 81, 84, 88, 90, 93 y 101, precisa la obligación de los patrones a adoptar las medidas de seguridad e higiene pertinentes, así como dotar a sus trabajadores de los equipos de seguridad necesarios, de acuerdo con el agente laboral externo al que estén expuestos y que puedan alterar su salud e integridad física. Para tal efecto, las empresas tienen que realizar un análisis de los riesgos, con el propósito de seleccionar el equipo de protección adecuado para cada puesto de trabajo.

Bajo este contexto, la NOM-017-STPS-2001, Equipo de Protección Personal-Selección, Uso y Manejo en los Centros de Trabajo, tiene como finalidad establecer los requisitos para llevar a cabo una adecuada selección de los EPP en concordancia con el riesgo que implique la actividad que realicen los colaboradores de la empresa, así como las reglas para su empleo y manejo y las obligaciones específicas de los patrones y trabajadores en la materia.

Análisis de riesgos para elegir EPP

Como ya se mencionó, la obligación más importante de los patrones en materia de EPP consiste en determinar con precisión el tipo de equipo requerido por cada trabajador en el desempeño de sus actividades, por lo que la NOM-017-STPS establece algunos pasos a seguir para facilitar esta selección, a saber:

  • puestos de trabajo. Se deben definir, a través de un listado, todos los puestos de trabajo de la compañía
  • actividades por puesto. Es necesario establecer y escribir las actividades desarrolladas en cada puesto
  • riesgo tipo. Consiste en identificar y relacionar los riesgos tipo presentes en cada actividad del centro de trabajo. A manera de ejemplo se reproduce la siguiente tabla:
RIESGO TIPO DESCRIPCIÓN 
Golpeado contra
  • Contacto con algún objeto fijo
Golpeado por
  • Contacto con algún objeto móvil
  • caída de objetos
  • proyección de partículas
Caída del mismo nivel
  • Parado o caminando

 

Caída a diferente nivel
  • Parado o caminando
  • caída de alturas
Atrapado entre
  • Objeto móvil
  • objeto móvil y otro objeto fijo
  • dos objetos móviles
Atrapado en  
  • Lugares cerrados
  • lugares abiertos
Contacto con sustancias
  • Salpicaduras con elementos químicos (corrosivos, reactivos, irritantes, tóxicos o inflamables)
  •  por agentes biológico infecciosos
Contacto con objetos peligrosos
  • Tuberías de vapor o de alta temperatura
  • electricidad
  • partes descubiertas en movimiento
  • partes con bordes filosos
  • soldadura
Enganchado a un objeto que sobresale
  • Puntas
  • ganchos
  • pieza en maquinaria en movimiento
Exposición a agentes químicos
  • Humos
  • Vapores
  • gases
  • polvos
  • otros
Exposición a agentes físicos
  • Ruido
  • temperaturas extremas
  • radiaciones
  • otros
Exposición a agentes biológicos
  • Microorganismos
  • Otros

 

  • región anatómica. Es necesario ubicar la región anatómica que podría resultar afectada de concretarse el siniestro y con ello la clase de EPP a utilizar por los subordinados. Para tal efecto la NOM-017-STPS propone la siguiente tabla:

 

CLAVE Y REGIÓN ANATÓMICA   CLAVE Y EPP  
1) Cabeza   A) Casco contra impacto B) casco dieléctrico C) cofia D) otros
2) Ojos y cara   A) Anteojos de protección B) goggles C) pantalla facial D) careta para soldador E) gafas para soldador F) otros
3) Oídos   A) Tapones auditivos B) conchas acústicas C) otros
4) Aparato respiratorio   A) Respirador contra partículas B) respirador contra gases y vapores C) respirador desechable D) respirador autónomo E) otros
5) Extremidades superiores   A) Guantes contra sustancias químicas B) guantes para uso eléctrico C) guantes contra altas temperaturas D) guantes dieléctricos E) mangas F) otros
6) Tronco   A) Mandil contra altas temperaturas B) mandil contra sustancias químicas C) overol D) bata E) otros
7) Extremidades inferiores   A) Calzado de seguridad B) calzado contra impactos C) calzado dieléctrico D) calzado contra sustancias químicas E) polainas F) botas impermeables G) otros
8) Otros   A) Arnés de seguridad B) equipo para brigadista contra incendio C) otros

 

  • relacionar en una tabla los puestos de trabajo con sus correspondientes regiones anatómicas y con el EPP requerido. La siguiente tabla enlaza las regiones anatómicas y los EPP con las claves identificadas con números y letras, para que con un palomeo o check up el patrón determine el tipo de equipo que debe usar el personal tomando en consideración su puesto de trabajo:

 

Tipos de equipos de protección individual

 

Casco de seguridad Debe utilizarse siempre que las condiciones de trabajo obliguen a ello por la existencia de riesgo de caída del operario o de materiales sobre él. Su uso es personal y obligatorio y se cambiará al sufrir algún impacto violento. Con el casco de seguridad el trabajador se protege de:
  • caídas de objetos
  • golpes en la cabeza
  • proyección violenta de objetos, y
  • contactos eléctricos
Calzado de seguridad con plantilla y/o puntera reforzada Evita golpes, cortes y pinchazos en los pies. Este material deberá adaptarse a las características del medio de trabajo existentes en cada caso 
Guantes de seguridad Aplicables en la manipulación de materiales y herramientas para evitar golpes, heridas, cortes, etcétera. Para trabajar con productos químicos se deben utilizar guantes especiales para evitar la corrosión. En el supuesto de trabajos relacionados con la electricidad se utilizarán guantes aislantes
Gafas o pantallas de seguridad adecuadas Su uso es indispensable cuando existe riesgo para los ojos, por proyecciones o salpicaduras en el manejo de máquinas y herramientas, líquidos y equipos de aire comprimido y soldadura
Mascarilla respiratoria Se debe emplear donde impera el riesgo de emanaciones nocivas, tales como gases, polvo y humos, para lo cual se debe adaptar el filtro de la mascarilla, de acuerdo con el contaminante existente. En el uso de la mascarilla y los filtros se deben seguir las recomendaciones del fabricante
Protecciones auditivas Imprescindibles en centros de labores donde se llevan a cabo operaciones que generan un nivel de ruido elevado. Su uso correcto disminuye el nivel de ruido que llega al oído y por consiguiente el nivel del riesgo de lesión. Para que resulten eficaces, los protectores auditivos deben usarse durante todo el tiempo que dure la exposición
Mandiles de cuero, polainas, guantes de soldador, botas de cuero y protección de ojos y cara Estos implementos deben emplearse en trabajos de soldaduras  
Arnés de seguridad   En los trabajos en altura con peligro de caída debe ser obligatorio el uso de sistemas anticaídas amarrado a un elemento resistente. Se debe revisar frecuentemente el elemento de amarre y el mosquetón y no iniciar los trabajo sin este requisito
Chalecos y brazaletes reflejantes   Se utiliza en zonas de circulación de máquinas o vehículos así como en condiciones de visibilidad reducida, para una mejor señalización y localización del trabajador

 

Fuente: http://turan.uc3m.es/uc3m/serv/GR/SPRL/laboratorios/equipo_prot.htm (Universidad Carlos III de Madrid)

 

Otras obligaciones patronales

La NOM-017-STPS-2001, indica que con motivo de la dotación del EPP los patrones tienen una serie de obligaciones, las cuales se clasifican en los siguientes tres rubros:

 

TIPO DE OBLIGACIÓN   DESCRIPCIÓN  
Propias  
  • Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando así lo solicite, los documentos que la normatividad le obligue a elaborar o poseer, tales como garantías de los EPP otorgados por el proveedor
  • verificar que durante la jornada de trabajo los trabajadores utilicen el EPP asignado, de acuerdo con el procedimiento elaborado por el patrón, cuyos elementos se detalla en el subtema "Procedimientos para el manejo del EPP" de este material
  • identificar y señalar las áreas en donde se requiere el uso obligatorio de EPP, según  lo establecido en las NOM’s 018-STPS-2000 y 026-STPS-1998, relativas a los sistemas para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosos en los centros de trabajo (signos de advertencia tales como alto, no fumar, rutas de evacuación, etc), así como a los colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías (aplicación de colores a tuberías para saber si lo que conducen son sustancias químicas, gases en estado líquido, etc)
En relación con los trabajadores  
  • Dotarles del EPP, garantizando que el mismo cumpla con:
    • atenuar el contacto de los colaboradores con los agentes de riesgo
    • ser de uso personal, en su caso, y
    • estar acorde con las características y dimensiones físicas de los trabajadores
  • comunicarles los riesgos a los que están expuestos y el EPP a utilizar
  • entregarles los procedimientos para el uso, las limitaciones, la reposición, disposición final, revisión, limpieza, el mantenimiento y resguardo del EPP, y
  • proporcionarles la capacitación y el adiestramiento necesarios para el adecuado uso del equipo
En relación con el fabricante del equipo de protección  
  • Verificar que el EPP proporcionado a los trabajadores cuente, de ser el caso, con la contraseña oficial de un organismo de certificación, acreditado y aprobado en los términos de la Ley Federal de Metrología y Normalización, que verifique su cumplimiento con las normas oficiales mexicanas y en su caso, con las normas mexicanas en vigor correspondientes, y
  • solicitar al fabricante o proveedor que le facilite la garantía por escrito de que el EPP cumple con dichas normas, en caso de no existir organismo de certificación. Cuando no exista norma oficial mexicana o norma mexicana que cubra los riesgos para los cuales está destinado

 

Los colaboradores que por el tipo de actividad a desempeñar requieran de EPP, deberán sujetarse a los siguientes lineamientos:

  • participar en la capacitación y adiestramiento proporcionado por el patrón de acuerdo con los procedimientos establecidos en la empresa para el uso de EPP
  • utilizar el EPP proporcionado por el patrón, siguiendo los procedimientos que para tal efecto se establezcan en el centro de trabajo, y
  • revisar las condiciones del EPP al iniciar, durante y al finalizar su turno de trabajo, y en caso de detectar algún daño o mal funcionamiento, notificarlo al patrón para su reposición

Procedimientos para el manejo del EPP

Estos lineamientos deben estar basados en las recomendaciones, los instructivos, procedimientos o manuales del fabricante, proveedor o distribuidor del equipo y deben contener, al menos, los siguientes aspectos:

 

RUBRO   DESCRIPCIÓN  
Uso, limitaciones y reposición  
  • Uso y limitaciones, consisten en señalar:
    • el empleo correcto, así como las restricciones del EPP, y
    • las condiciones para determinar el ajuste del EPP, cuando así lo requiera, y
  • reposición, se refiere a:
    • recomendar el reemplazo del EPP cuando genere o produzca alguna reacción alérgica al trabajador, o las acciones para minimizar este efecto, y
    • exhortar a la empresa a realizar la sustitución del EPP por uno nuevo cuando la vida media útil llegue a su fin, o se detecte que sufrió cualquier deterioro que ponga en peligro la salud o la vida del trabajador
Revisión, limpieza, mantenimiento, resguardo y disposición final  
  • Revisión, aquí se debe precisar cuando efectuar:
    • la revisión del EPP antes, durante y después de su uso, y
    • el reporte al patrón de cualquier daño o mal funcionamiento del EPP
  • limpieza, se señala el momento propicio para llevar a cabo la limpieza y, en su caso, la descontaminación o desinfección del equipo, después de cada jornada de empleo, de acuerdo con las instrucciones o recomendaciones del fabricante o proveedor. También se tiene que definir si la limpieza del EPP en el centro de trabajo, debe efectuarse ya sea por el trabajador-usuario o por alguna otra persona designada por el patrón
  •  mantenimiento, se debe describir que es conveniente:
    • remplazar o reparar inmediatamente aquéllos equipos que en su revisión muestren algún deterioro, y
    • hacer la sustitución de las partes dañadas del EPP, con refacciones cuyas especificaciones sean acordes con las recomendaciones del fabricante o proveedor
  • resguardo, se tiene que detallar que el EPP se debe:
    • almacenar en recipientes cuando el EPP que no presente daños o mal funcionamiento después de su uso, si así lo establecen las recomendaciones del fabricante o proveedor, y
    • guardar en forma separada, los equipos nuevos y en un lugar que esté alejado de áreas contaminadas, protegidos de la luz solar, polvo, calor, frío, humedad o sustancias químicas, de acuerdo con las recomendaciones del fabricante o proveedor, y
  • disposición final, consiste en mencionar expresamente que cuando un EPP se encuentre contaminado con sustancias químicas peligrosas o agentes biológicos y no sea posible descontaminarlo se debe determinar si es residuo peligroso de acuerdo con lo establecido en la NOM-052-ECOL-1993.  En tal caso, se debe proceder a su disposición final de acuerdo con lo señalado en la normatividad en la materia

 

 

Unidades de verificación

El patrón puede contratar a estas unidades con la finalidad de verificar o evaluar el grado de cumplimiento de las obligaciones patronales establecidas en esta NOM y con ello obtener un reconocimiento oficial a través de la emisión de un dictamen, cuya vigencia es de dos años mientras no sean modificados los procedimientos y las condiciones de operación.

Recuérdese que las unidades de verificación son aquellas personas físicas o morales debidamente autorizadas por las autoridades competentes, que tienen como propósito realizar diversos actos de verificación, para la constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que cierto sujeto cumple con determinada normatividad (art. 3o, fracciones XVII y XVIII Ley Federal sobre Metrología y Normalización).

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento a la normatividad en materia de seguridad e higiene tiene como consecuencia la imposición de una multa por el equivalente de 15 a 315 VSMGV en la localidad donde se ubique la empresa, es decir, zona A de $788.85 a $16,565.85, B de $764.40 a $16,052.40 y C de $742.50 a $15,592.50, cantidades que pueden duplicarse en caso de no corregirse la irregularidad dentro del plazo concedido por la autoridad laboral para ello (art. 994, fracción V LFT).

Conclusiones

La importancia de observar las disposiciones relativas a la determinación, el uso y manejo de EPP por parte de las empresas, no sólo les evita ser objeto de la imposición de una sanción pecuniaria por parte de la autoridad laboral, sino que les permite proteger la integridad física de sus colaboradores y con ello mantener su nivel de productividad; pues es menor el ausentismo generado por la emisión de certificados médicos de incapacidad del Seguro Social, derivado de accidentes de trabajo; incidentes que impactan económicamente a la organización, ya que dicha siniestralidad se considera para el cálculo de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo (arts.72 y 74 de la Ley del Seguro Social).

Por lo anterior no queda lugar a dudas respecto a si el cumplimiento de las obligaciones en materia de EPP es un deber o una necesidad, pues como quedó apuntado, resulta benéfico para las compañías atender este derecho de los trabajadores, pues, entre otros aspectos positivos, se tendrá un ambiente laboral sano, disminución de ausentismo, incremento de la productividad y por último una disminución significativa en los gastos en materia de pagos de la prima de riesgos de trabajo del Seguro Social.