Carta de recomendación

Carta de recomendación

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 .  (Foto: IDC online)

Comúnmente las áreas de recursos humanos de las empresas en sus procesos de contratación solicitan a los candidatos elegidos para ocupar una de sus vacantes las llamadas cartas de recomendación de sus últimos tres empleos.

Estas cartas son los escritos mediante los cuales los patrones de manera voluntaria, previa solicitud de los interesados, señalan la forma en que estos últimos se comportaron en su centro de trabajo durante la vigencia de la relación laboral que los unió, además de la fecha de expedición, el nombre, firma y domicilio de las personas que hacen la recomendación
?jefes inmediatos o titulares del departamento de recursos humanos?.

De ahí que este tipo de documentos no deban de confundirse con las constancias de prestación de servicios previstas en el artículo 132, fracción VIII de la LFT, ya que mientras las primeras tienen por objeto presentar y recomendar a una persona respecto de sus cualidades éticas y morales por las que se le conoce, las segundas tienen como finalidad acreditar que determinada persona desempeñó un puesto durante cierta periodicidad para un patrón, por lo que su emisión si es obligatoria.