Impulso a talleres familiares

Impulso a talleres familiares

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 .  (Foto: IDC online)

El pasado 17 de enero de 2006 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establecen medidas para impulsar el desarrollo de los talleres familiares, con la finalidad de estimular su crecimiento, lograr elevar el nivel de vida de sus integrantes, establecer las bases mínimas que les permitan acceder a los beneficios con mayor sencillez, y poner énfasis en su salud permitiendo el acceso al?Seguro Popular? o a los esquemas de aseguramiento contemplados en la Ley del Seguro Social.

Los beneficios globales que acarrearán los inscritos son los siguientes:

  • cuentas de ahorro a corto plazo y para retiro;
  • acceso a protección en salud y seguridad social;
  • educación para la vida y el trabajo;
  • capacitación para el trabajo;
  • asistencia técnica, asesorías administrativas y tecnológicas, acompañamiento empresarial y asesoría legal en materia laboral;
  • microcréditos;
  • financiamiento para proyectos productivos;
  • recursos para la compra de herramientas, equipo y maquinaria en general, así como para la adquisición de computadoras;
  • apoyos para la comercialización de productos y la organización de productores; y
  • orientación para inscribirse en el Sistema de Administración Tributaria (SAT), asistencia al contribuyente y asesoría fiscal.

Para acceder a los beneficios consignados en el decreto, el propietario del taller deberá registrarse ante la Secretaría de Economía, según el decreto publicado por esta dependencia el 18 de enero de 2006, para ello el propietario llenará la solicitud de registro en la página electrónica www.talleresfamiliares.gob.mx proporcionando sus datos, de los familiares y del taller mismo, a efecto de que se le proporcione un número de folio y un comprobante de inscripción.

La Secretaría de Economía por conducto de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa denominada en el decreto SPYME, dentro de un lapso de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de inscripción en el registro, enviará al taller la constancia respectiva vía correo certificado, con la cual podrán tener acceso a los beneficios apuntados.

Las Secretarías de Economía; Trabajo y Previsión Social; Desarrollo Social; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y Turismo, en sus respectivas competencias, darán a conocer los programas y acciones que pondrán a disposición de los talleres familiares para el desarrollo de sus actividades.

Al cierre de esta publicación aún no se han publicado. Salvo el:

Acuerdo por el que se da a conocer el procedimiento para el registro de los talleres familiares ante la Secretaría de Economía