Noviembre: días de descanso obligatorio

Noviembre: días de descanso obligatorio

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 .  (Foto: IDC online)

La celebración del día de muertos es una tradición de antaño muy importante en México, tanto que las festividades se desarrollan cada año los días 1o y 2 de noviembre.

Estas fechas no están contempladas en el artículo 74 de la LFT como de descanso obligatorio, por lo que ambos son laborables; sin embargo, las empresas frecuentemente los consideran en sus contratos individuales o colectivos de trabajo, o en su reglamento interior de trabajo correspondiente como días festivos contractuales y por tanto los otorgan como de asueto a sus trabajadores.

En tal virtud, los patrones que se ubiquen en este último supuesto, y requieran los servicios de sus trabajadores en estos días, están obligados a cubrirles un salario doble adicional al correspondiente al día de descanso, según el artículo 73 del ordenamiento legal citado.