¿Cuándo desobedece un trabajador?

¿Cuándo desobedece un trabajador?

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 .  (Foto: IDC online)

De acuerdo con el artículo 20 de la LFT, la subordinación es el elemento esencial de la relación laboral, esto es, el poder de mando del patrón frente al deber de obediencia del trabajador.

Sobre el particular el doctor Néstor de Buen Lozano señala que ésta es la causal más grave de las contenidas en el numeral 47 de la multicitada Ley, siempre que se trate del trabajo contratado.

Al respecto, la Corte ha emitido la siguiente tesis:

DESOBEDIENCIA, RESCISIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR. La orden dada por el patrón a un trabajador para ejecutar, dentro de las labores contratadas, determinadas indicaciones, no lesiona los derechos del trabajador; y cuando éste incurre en incumplimiento y por tanto en desobediencia, se constituye una causal de rescisión y, por ende, el despido en cuestión es justificado.
Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Séptima Época. 187-192 Quinta Parte, pág. 18.

No obstante, la sola desobediencia no justifica el despido, sino es necesario que la:

  • instrucción u orden dada al trabajador, para cumplir determinada encomienda, sea emitida directamente por el patrón o sus representantes. Esto implica que la orden la debe girar quien tenga facultades expresas para el manejo del área en que se desarrolla el trabajador.
    Conviene señalar que el deber de obediencia del subordinado no es ilimitado e irracional, por lo que existen excepciones, tales como que no debe cometer actos ilícitos ordenados por la compañía; o que su estado físico o un caso fortuito o de fuerza mayor le impida cumplir una orden al momento de recibirla, y
  • desobediencia se refiera a las obligaciones pactadas en el contrato; de ahí que existan criterios de los tribunales en ese sentido.

Por todo lo anterior, es necesario que los patrones y sus representantes consideren que para poder invocar la causal de rescisión en comento, las órdenes:

  • que impartan deben ser claras, precisas y otorgarse por escrito (de preferencia), y
  • deben versar sobre el trabajo contratado, de ahí la importancia de precisar claramente en este instrumento en qué consisten las labores a realizar por el trabajador contratado.