¡Cumpla con sus obligaciones de 2008!

Exigencias legales a observar por los patrones en materia de trabajo, así como las multas aplicables en caso de su incumplimiento

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 .  (Foto: IDC online)

La Ley Federal del Trabajo (LFT) en sus diversos títulos impone a los patrones una serie de obligaciones que deben cumplir durante la vigencia de las relaciones laborales entabladas con sus trabajadores, así como después de su conclusión.

Atender tales deberes, les permite a las empresas tener un buen control administrativo respecto de los ingresos, egresos, pagos, el otorgamiento de prestaciones y capacitación de su personal, además de contar con los documentos necesarios para acreditar fehacientemente, en caso de alguna controversia ante la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva, las condiciones de trabajo de las que gozaron sus trabajadores durante la prestación de los servicios.

El siguiente cuadro detalla las principales obligaciones patronales y las multas procedentes en caso de incumplimiento:

CONTRATO DE TRABAJO (ARTS. 21, 24, 25, 35 Y 1002 LFT)

REQUISITOS SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO COMENTARIOS
Se tiene que elaborar por escrito en dos tantos (uno para el patrón y otro para el subordinado). Los datos mínimos que debe contener son:
  • nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del patrón y trabajador
  • duración de la:
    • relación laboral, la cual puede ser por:
      • tiempo determinado;
      • obra determinada, o
      • tiempo indeterminado
    • jornada
  • trabajo a desarrollar (detallado);
  • lugar en donde se prestará el servicio
  • forma y monto del salario
  • época de pago, y
  • días de descanso y otras prestaciones otorgadas por el patrón
Multa de los tres a 315 veces el salario mínimo general vigente (VSMGV) en donde se ubique el centro de labores, esto es, actualmente en el área:
  • A de $157.77 a $ 16,565.85
  • B de $ 152.88 a $ 16,052.40
  • C de $ 148.50 a $ 15,592.50
Es obligación del patrón contar con este documento, el no tenerlo le es imputable y, por ende, la relación de trabajo se consideraría por tiempo indeterminado.Esto con independencia que en un juicio laboral no podría acreditar las condiciones de trabajo pactadas con los subordinados

 SALARIO (ARTS. 82 AL 116, 1002 Y 1004 LFT)

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO COMENTARIOS
Pagar a los trabajadores su salario:
  • en:
    • tiempo y forma pactados, sin que exista la posibilidad de que sea suspendido ni cedido a otras personas, y
    • efectivo, esto es en moneda de curso legal, por tanto no puede hacerlo de otra manera (vales o mercancías);
  • personalmente; sin embargo, cuando no puedan recibirlo, podrán nombrar a un tercero para tal efecto, donde debe mediar una carta poder otorgada por los trabajadores firmada ante dos testigos, y
  • semanalmente, cuando la labor sea material y quincenalmente en los demás casos
  • Multa de tres a 315 VSMGV en el lugar donde se encuentre el establecimiento del patrón, es decir en la zona:
    • A de $157.77 a $ 16,565.85
    • B de $ 152.88 a $ 16,052.40
    • C de $ 148.50 a $ 15,592.50
  • en caso de detectarse, en una visita de inspección, recibos de nóminas con cifras menoreses al salario mínimo o por cantidades superiores a las reales, la Inspección del Trabajo sancionará al patrón con una multa de 50 a 200 VSMGV del lugar de la fuente de trabajo, esto es en zona:
    • A de $ 2,629.50 a $ 10,518.00
    • B de $ 2,548.00 a $ 10,192.00
    • C de $ 2,475.00 a $ 9,900.00

Esta práctica puede considerarse como un delito, sancionado con prisión de seis meses a tres años y en caso de reincidencia, puede duplicarse

El salario es la contraprestación que el patrón le otorga al trabajador por su labor y se conforma con las gratificaciones, prestaciones, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra que se le entregue al colaborador con motivo del desempeño de su trabajo. De ahí que:
  • puede pactarse en cuota diaria, por unidad de tiempo, unidad de obra (conocido como destajo), comisión o precio alzado, y
  • nunca puede ser inferior al salario mínimo general vigente del área geográfica donde se preste el servicio

Para conocer todas las obligaciones a cumplir por los patrones en 2008, sugerimos consultar los siguientes temas: