La impartición de justicia no es una realidad en todos los casos resueltos por las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje del DF.
Preocupados por mejorar la actuación de la autoridad en una materia tan delicada, diversas organizaciones se unieron para presentar sugerencias concretas al Secretario de Gobierno de la entidad.
El documento fue firmado por representantes de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados, Barra Mexicana Colegio de Abogados, Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, Confederación Patronal de la República Mexicana, Confederación Nacional de Cámaras Industriales y algunos abogados postulantes.
De la propuesta destacan las siguientes sugerencias:
- crear una unidad de convenios, que ratifique y cumplimente los convenios; evitando la distracción de los Secretarios de Acuerdos
- establecer una reserva de mecanógrafas, a fin de que sus ausencias no demoren la atención de las audiencias en las Juntas Especiales
- solicitar a los representantes obrero patronales que asistan de tiempo completo a las Junta para firmas acuerdos y laudos, dando agilidad a su tramitación
- señalar fechas para el desahogo de pruebas y de inmediato girar oficios que soliciten informes a las autoridades correspondientes
- destinar un número específico de actuarios para que notifiquen al IMSS e Infonavit, evitando que cada Junta tenga que acudir a los domicilios de esas instituciones a practicar notificaciones
- hacer cumplir el artículo 838 de la LFT, para que las Junast efectivamente dicten sus resoluciones en el acto en que concluya la diligencia respectiva o dentro de las 48 horas siguientes
- destinar policías, debidamente capacitados, para evitar la violencia dentro y alrededor de las Juntas
Sería de esperarse que las autoridades tomen en cuenta estas propuestas, ya que el retraso en la impartición de justicia causa importantes efectos negativos para:
- el patrón, ya que si pierde el juicio, se le causan perjuicios, al tener que pagar salarios caídos por 4 años o más, lo que pone en peligro la existencia de pequeñas y medianas empresas
- el trabajador, pues cuando puede hacer exigible el derecho que se desprende de un laudo, el patrón ya no existe, debido al el excesivo tiempo transcurrido entre la presentación de la demanda y la ejecución del laudo, lo que definitivamente impide el ejercicio de su derecho.
Fuente: ANADE