¡Haga números antes de aumentar salario!

Es indispensable que los patrones, antes de otorgar algún incremento salarial a sus colaboradores, realicen un cálculo del gravamen

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 .  (Foto: IDC online)

El pasado 7 de diciembre de 2009 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) un Decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), mismas que entraron en vigor el 1o de enero pasado.

Una de estas enmiendas que impacta directamente a los ingresos de los asalariados, es la contenida en el artículo segundo del Capítulo de Disposiciones de Vigencia Temporal de la LISR, el cual en su fracción I, inciso e) determina que para los efectos del artículo 113 del ordenamiento legal en cita, durante 2010, 2011 y 2012 el impuesto correspondiente se calculará aplicando la siguiente tabla:

Tarifa
Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.01  496.07  0.00  1.92 
496.08 4,210.41  9.52 6.40 
4,210.42 7,399.42  247.23 10.88 
7,399.43 8,601.50  594.24 16.00 
8,601.51  10,298.35 786.55 17.92 
10,298.36 20,770.29  1,090.62  21.36 
20,770.30 32,736.83  3,327.42  23.52 
32,736.84 En adelante 6,141.95 30.00 

Como puede observarse a la tabla se le adicionaron varias bandas salariales y tarifas, las cuales llegan a un tope máximo de 30% frente al 28% que se aplicaba antes de la reforma.

Por ello es indispensable que los patrones, antes de otorgar algún incremento salarial a sus colaboradores, realicen un cálculo del gravamen, porque es posible que con el aumento el nuevo salario de su personal se ubique en un renglón con un porcentaje superior de impuesto y que el efecto final en la aplicación del mismo sea que el ingreso neto de su colaborador se diluya, esto es, que sea menor al que percibía con anterioridad al incremento salarial.

Imagine usted amable lector el desagradable momento que pasaría alguno de sus subordinados al observar en su recibo de pago una percepción inferior a la que obtenía, lo que provocará que el área de nóminas reciba una serie de inconformidades ¿verdad que vale la pena echarle números?