Atención de contingencias laborales

La STPS diseñó un programa para enfrentar eventos atípicos de carácter natural, económico y social, e inclusive contingencias sanitarias

.
 .  (Foto: IDC online)

Lineamientos del Programa de Atención a Situaciones de Contingencia Laboral
El día de hoy la Secretaría del Trabajo y Previsión Social dio a conocer el contenido del citado programa, el cual es aplicable en las entidades federativas, que de acuerdo con el diagnóstico respectivo, se consideren afectadas con motivo de la ocurrencia de eventos atípicos de carácter natural, económico y social, e inclusive derivados de contingencias sanitarias, ambientales o de cualquier otro tipo.

ObjetivoContribuir a la preservación del empleo u ocupación productiva, a la recuperación de la actividad económica, a la promoción de las condiciones para impulsar la ocupación y, en su caso, para evitar la disminución o pérdida de ingresos de las personas en las entidades en que se determine una situación de contingencia laboral, mediante la aplicación de estrategias y acciones de apoyo económico de carácter temporal y focalizado a la problemática específica que enfrenta la población establecida en dichos espacios geográficos.

Características de los apoyosPueden otorgarse bajo las siguientes modalidades, apoyo:

  • al ingreso de los trabajadores: cubre gastos prioritarios de consumo familiar. El monto de apoyo que se entregará será de $2,500.00 mensuales. El período de apoyo será por un mes, prorrogable hasta por tres meses
  • para la empleabilidad: para que los trabajadores adquieran o refuercen sus capacidades. Consiste en acciones de capacitación para el trabajo de carácter técnico y/o transversal (actitudes, valores, trabajo en equipo, etc.). Los apoyos son de $1,500.00 mensuales si asisten hasta 80 horas, y si rebasan ese número de unidades de tiempo será de dos veces el salario mínimo general diario de la zona económica (SMGZE), por día asistido
  • para reactivar unidades económicas: dirigido a la reposición de maquinaria, equipo, herramientas o insumos de unidades económicas. El apoyo se otorgará por única vez a los titulares propietarios, socios o representantes legales de los establecimientos que por cualquiera de los eventos descritos hubiesen suspendido o reducido considerablemente su operación. El monto será de $10,000.00 y hasta $20,000.00
    para la ocupación transitoria: la ocurrencia de estos eventos atípicos implica el reestablecimiento de las condiciones imperantes, de ahí que las instituciones públicas, privadas y sociales desde su ámbito de competencia, impulsen programas, proyectos o acciones que requieren para su implementación, la incorporación transitoria de personas para el desarrollo de actividades específicas. Dependiendo del tiempo destinado a los proyectos los apoyos podrán ser de un SMGZE diario si tales personas destinan tres horas, dos, si se emplean seis horas y tres si aplican ocho horas
  • para movilidad laboral de las personas: encaminados a ocupar provisionalmente a la población objetivo en unidades económicas ubicadas en lugares distintos a su lugar de residencia, pudiendo recibir, por única ocasión para su traslado por un monto de $1,200.00
Proceso para obtener los apoyos
El interesado personalmente presentará diversa documentación personal ante la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo, al Servicio Nacional de Empleo de las entidades federativas o al lugar que se determine para solicitar apoyo del Programa, donde se verificará si es elegible, de ser así llenará el formato "Datos del Solicitante". Cumplidos los requisitos se le informará en forma inmediata al solicitante que ha sido registrado como beneficiario del Programa y se le dará a conocer el monto, la duración y la fecha en la que le serán otorgados los apoyos.

Disposiciones derogadas
A la entrada en vigor de estos lineamientos, quedan sin efecto los:

  • Lineamientos para la operación del Programa de Fomento al Empleo, publicados en el DOF del 30 de septiembre de 2008
  • Lineamientos para la operación del Programa de Apoyo Emergente a Trabajadores del Sector Servicios, publicados en el DOF del 29 de mayo de 2009
Vigencia: A partir del 21 de mayo de 2010.

Fuente: Lineamientos para la operación del Programa de Atención a Situaciones de Contingencia Laboral (STPS, DOF del 20 de mayo de 2010).