Si trabajas desde casa, sin horarios ni jefes, probablemente seas un profesional independiente.
Aunque la independencia tiene sus beneficios (como la libre administración de los recursos), lo cierto es que también tiene su costo. Por ejemplo, quien te contrate no está obligado a proporcionarte seguridad social, ni prestaciones de previsión social. Por ello, puedes carecer de servicios médicos, vales de despensa, fondo de ahorro y un larguísimo etcétera.
Conoce el terreno de juego
Actualmente es muy común laborar bajo la modalidad de freelance. Esto significa que prestas tus servicios a diversos clientes, con los cuales no estableces una relación de trabajo, sino un vínculo civil.
No siempre es fácil ubicar la especie de profesional que eres. De hecho, existen muchos casos en los que la empresa entrega honorarios, tratando de disfrazar una evidente relación laboral.
Entonces ¿cómo saber qué relación te corresponde legalmente? Es sencillo, eres un trabajador si:
- prestas tus servicios personalmente,
- la persona que te contrató te da indicaciones de modo, tiempo y lugar para realizar tus actividades (por ejemplo: tienes un control de asistencia y/o puntualidad, estás obligado a utilizar recursos determinados y cumples con un horario), y
- recibes el pago de un salario
Como podrás observar, no es relevante si tienes un contrato firmado. En esta materia, los hechos determinan el régimen que te corresponde.
Si ya sabes que eres un trabajador, tus derechos y obligaciones mínimos están contenidos en la Ley Federal del Trabajo. Todo lo que incluya tu contrato laboral es adicional, pero no puede ir contra la Ley.
En caso de ser un profesionista independiente, la primera recomendación es tener un contrato que te permita delimitar derechos y obligaciones con tus clientes. A tal efecto, puedes ocupar el formato de contrato de prestación de servicios profesionales . Además, aprovechando que estás en nuestro portal, sugerimos leer la nota Profesionista vs comisionista.
Defiéndete conociendo tus derechos
Una vez que identifiques el tipo de relación que tienes con la persona que te contrató, es importante que te informes sobre tres aspectos básicos:
- características de la prestación de los servicios
- obligaciones que te corresponden, y
- forma de pago
Aquí una breve guía que puede orientarte:
Características de la prestación de los servicios
Para trabajadores |
Para profesionistas independientes | |
Formas de prestar el servicio | Mediante jornadas de trabajo que no excedan de 48 horas semanales, respetando los siguientes parámetros:
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El prestador de servicios puede decidir libremente cuándo realizar el mismo, independientemente de las horas ocupadas.Sin embargo, las partes pueden pactar las horas en que se prestará el servicio. |
Descansos |
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No se pactan |
Prestaciones anuales |
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No aplican |
Obligaciones del contratado
Para trabajadores | Para profesionistas independientes |
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Forma de pago
Para trabajadores | Para profesionistas independientes | |
Forma |
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Lugar | Donde los trabajadores presten sus servicios | En la residencia del profesionista o donde las partes convengan |
Plazo | Una semana para personas que desempeñan trabajos materiales, y en un lapso máximo de 15 días para los demás trabajadores, debiendo hacerlo en día laborable | La retribución se debe pagar inmediatamente después de que el profesionista preste cada servicio o al final de todos o al separarse o concluir el negocio; dependiendo de lo pactado en el contrato |
Para mayor información sobre este tema, sugerimos revisar la nota Contratación laboral vs independiente