Reforma en la impartición de justicia

Conozca los siete puntos relativos al ámbito procesal de la reforma integral a la LFT presentados al Congreso de la Unión

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el boletín 89 dado a conocer en su página de Internet: www.stps.gob.mx destacó siete puntos relativos al ámbito procesal contenidos en la iniciativa de reforma integral a la Ley Federal del Trabajo (LFT) presentada hace poco por el Partido Acción Nacional al Congreso de la Unión.

Las enmiendas propuestas beneficiaran la impartición de justicia, pues otorgarán mayor certidumbre legal a los trabajadores, las empresas, así como a las propias autoridades. Los ajustes prevén:

  • la profesionalización del personal jurídico de las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCA), estableciendo para tal efecto un servicio profesional de carrera, mediante el cual se podrá determinar las reglas para el ingreso, la promoción, permanencia y evaluación de desempeño de los servidores públicos, así como los lineamientos para su separación y retiro
  • la obligatoriedad del acreditamiento del título profesional como licenciados en derecho de los apoderados de las partes en un juicio. Con ello se eliminaría la participación de los denominados ?coyotes? y se garantizaría que los procedimientos se lleven a cabo por verdaderos peritos en la materia
  • el incremento en el monto de las multas aplicadas como medidas disciplinarias o de apremio a los litigantes infractores de las normas procesales, con lo que se asegurará el acatamiento de las resoluciones de las JCA respectivas
  • la creación del puesto del funcionario conciliador, para privilegiar la negociación entre las partes inmersas en el conflicto laboral (individual o colectivo), la cual podrá llevarse en cualquier etapa del proceso hasta antes de que se dicte el laudo correspondiente
  • el reconocimiento de pruebas en medios electrónicos (cintas cinematográficas, registros dactiloscópicos, grabaciones de audio y video); asimismo, podrán autorizarse videoconferencias para el desahogo de pruebas periciales, exhortos e incluso el cotejo de documentos o inspecciones documentales a través de Internet, lo que permitirá agilizar los trámites procesales
  • la implementación de un procedimiento sumario para aquellos juicios en donde se demanden prestaciones de seguridad social. Esto permitirá resolver con mayor prontitud los conflictos, los cuales constituyen el 56% del total de los litigios planteados ante las JCA, y
  • la determinación en el ámbito colectivo de los siguientes lineamientos:
    • instituir requisitos para los emplazamientos a huelga por firma de contrato colectivo y titularidad, obligando a los sindicatos a acreditar la legítima representatividad de los trabajadores. Así se combatirá a los conocidos ?contratos de protección? y los emplazamientos a huelga para extorsionar a las compañías
    • evitar la prolongación de los procedimientos de huelga, para ello se precisa que transcurridos dos meses de su estallamiento, el patrón o cualquier tercero interesado podrán solicitar a las JCA competentes la dictaminación de la responsabilidad del conflicto, con el ánimo de reanudar lo más pronto posible las labores
    • prever como causa de inexistencia de una huelga, el que los sindicatos incumplan con sus estatutos para iniciar el movimiento, y
    • exigir como requisito, en caso de una huelga por incumplimiento de contrato colectivo de trabajo, que el sindicato señale cuáles son las violaciones y la forma de repararlas. Con esto se logrará una solución conciliatoria más eficiente, así como el respeto de los directivos sindicales a la voluntad de sus agremiados

Resulta vital que los representantes de la ciudadanía en las Cámaras de Diputados y Senadores y de los trabajadores en organizaciones gremiales, verdaderamente analicen este tipo de enmiendas que, de aprobarse, serían de gran ayuda para organizaciones y subordinados, así como para la modernización del derecho del trabajo en México.