La Suprema Corte de Justicia de la Nación, sentó jurisprudencia (según lo informó La Jornada) al declarar la inconstitucionalidad del artículo 226 de la del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (LISSFAM), que permitía dar de baja a soldados contagiados de VIH-SIDA.
Lo anterior argumentando que eran ?inútiles? para el servicio de las armas. Con la decisión tomada por la Corte, los jueces que resuelvan litigios sobre el mencionado numeral, deberán de tomar en cuenta su razonamiento.
El artículo destaca: ??la jurisprudencia aprobada por la SCJN abre la puerta para que cualquier militar pueda ampararse en contra de la decisión de darlo de baja sólo por padecer una de las más de 200 enfermedades previstas en el artículo 246 de la LISSFAM.?
Fuente: La Jornada en línea