La Corte protege a menores trabajadores

Sostuvo la validez del establecimiento de medidas que prohíban su contratación en labores que puedan afectar su sano desarrollo

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 .  (Foto: IDC online)
SCJN -

El sitio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicó un comunicado de fecha 8 de noviembre de 2007 en que informa sobre la decisión del supremo tribunal a favor de menores trabajadores.

El comunicado indica: ?El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es constitucional la prohibición de contratar a menores de 18 años de edad para prestar servicios laborales en todo tipo de comercio donde se vendan bebidas alcohólicas para consumo inmediato y que participen en la promoción de éstas.?

?Así lo determinaron al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el procurador general de la República en la que impugnó las reformas a los artículos 23, fracción VII, 24 y 37, fracciones IV y V, de la Ley para Regular la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas del estado de Colima, publicados en el Periódico Oficial del 30 de abril de 2005, al argumentar que es facultad del congreso federal legislar en materia de relaciones laborales entre particulares y que se vulneró el derecho de los menores de edad al prohibirles prestar sus servicios personales en ese tipo de establecimientos.? 

Fuente: SCJN