Paro técnico ¿afecta prestaciones?

Se recomienda detallar el convenio perfectamente las condiciones bajo las cuales se pagarán las prestaciones para otorgar certeza jurídica

.
 .  (Foto: IDC online)

Como consecuencia de la contracción de los mercados mundiales y sus repercusiones negativas en las finanzas de las empresas, en ediciones anteriores de IDC Seguridad Jurídico Fiscal se ha abordado el tema de los paros técnicos como una alternativa para atemperar estos efectos, porque así se conservan las fuentes de empleo (aun cuando disminuyen los ingresos de los trabajadores), además de que permite un desahogo económico para los patrones al disminuir la carga salarial y social.

No obstante, la implementación de este esquema trae consigo inquietudes entre el sector empresarial y su personal, respecto a la generación de la antigüedad de los trabajadores y las prestaciones vinculadas a ésta como las vacaciones, la prima vacacional, el aguinaldo y la prima de antigüedad.

Se debe señalar que el impacto de la interrupción escalonada de la jornada semanal de trabajo en las prestaciones aludidas, dependerá en gran medida de los acuerdos pactados con los propios colaboradores cuando acepten tal medida, pues en el convenio respectivo las partes pueden o no reconocer y respetar expresamente la generación de antigüedad para el pago de dichos conceptos, esto es, como si los subordinados hubiesen laborando todos los días, o bien, sólo los efectivamente trabajados.

De ahí que se recomiende detallar el convenio perfectamente las condiciones bajo las cuales se pagarán las prestaciones, con el propósito de otorgar certeza jurídica tanto a los colaboradores como a la propia compañía y así evitar conflictos que afecten en gran medida su clima laboral y economía.