Indemnizaciones en reajuste de personal

Indemnizaciones en reajuste de personal

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 .  (Foto: IDC online)

En ocasiones se analiza la posibilidad de prescindir de algunos de los trabajadores en el establecimiento, ya sea por dificultades de carácter económico, o bien, por la adquisición de nueva tecnología para eficientar los procesos productivos.

En estos supuestos, el costo de la separación de los colaboradores se trata como un despido injustificado, al no haberse actualizado ninguna de las causales de rescisión imputables a los empleados previstas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, considerándose imputable a la empresa, la cual queda obligada a indemnizarlos, variando el importe de este concepto en función de la causa generadora de la extinción del vínculo laboral, como se detalla a continuación:

Ver tabla 1:

Causal

Conceptos a cubrir

Observaciones

Adquisición de tecnología o instauración de nuevos procesos productivos

  • Cuatro meses de salario 1

  • 20 días por año de servicios 1

  • Prima de antigüedad

  • Prestaciones devengadas 2

Requiere obtener la autorización previa de la Junta de Conciliación y Arbitraje (artículo 439)

Cualquiera otra distinta

  • Tres meses de salario 1

  • Prima de antigüedad

  • Prestaciones devengadas 2

  • En este supuesto no hay obligación de cubrir la indemnización de 20 días por año, ya que ésta solamente procede:
  • cuando el trabajador rescinde el contrato por causa imputable al patrón (artículos 51 y 52);
  • en caso de juicio laboral, si el patrón se niega a reinstalar al empleado (artículos 49, 50, fracción II y 947), y
  • si la empresa instaura nuevos procesos o adquiere tecnología
  • Pese a lo anterior, en la práctica se opta por pagarla a fin de evitar la instauración de juicios laborales por parte de los trabajadores, cuya tramitación incrementaría en gran medida el costo de la separación


1 La base salarial para el cálculo de estos conceptos es el salario diario integrado (artículo 89, en relación con el 84).

2 Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional (partes proporcionales).