Por disposición del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, cuando los trabajadores que ingresen a prestar sus servicios y aun no cuenten con su registro federal de contribuyentes, el patrón deberá obtenerlo y proporcionárselo, para tal efecto y tomando en cuenta la regla 2.3.6. de la Miscelánea Fiscal 2004, ahora podrá solicitarlo mediante escrito libre acompañado de dispositivo magnético.
Para conocer todos los pasos del procedimiento a seguir, se recomienda la lectura de la Sección Contabilidad Fiscal de este mismo número.