Atención médica por invalidez ¿condicionada?

Al declararse la invalidez, el afectado debe tener acreditadas por lo menos el pago de 250 semanas de cotización o 150 en caso de que se le determine el 75 % de incapacidad

Hace un año, uno de nuestros trabajadores sufrió un accidente automovilístico cuando estaba de vacaciones. Su salud no es nada favorable, pues está en estado de coma; por ende el IMSS va a enviar su expediente para que se le dictamine una invalidez. Como solamente tiene 90 semanas de cotización reconocidas,  les comentaron a sus familiares que no va a tener derecho a la atención médica. Esto es correcto 


Sí, los numerales 32 y 58 del Reglamento de Prestaciones Médicas prevén que cuando se agoten las posibilidades de tratamiento médico (considerado por el doctor tratante) y de rehabilitación o, bien cuando al término de las 44 semanas de tratamiento de una enfermedad no profesional, se considere que el trabajador no se reincorporará al trabajo, deberá remitirse al asegurado al servicio de Salud en el Trabajo para evaluar la procedencia de un posible estado de invalidez.

Asimismo al declararse el estado de invalidez el afectado debe tener acreditadas por lo menos el pago de 250 semanas de cotización o 150 en caso de que se le determine el 75 % o más de invalidez, para tener derecho a las prestaciones en dinero y en especie; requisitos que el colaborador referido en su consulta no cubre (arts. 120 y 122, LSS).

No obstante, es viable que si el subordinado está casado, sea registrado como beneficiario de su esposa, o bien, de ser soltero, que los familiares realicen los trámites legales conducentes a la declaración del estado de interdicción (incapacidad para ejercer sus derechos) de aquel y una vez obtenida su representación legal, tramiten su inscripción al Seguro de Salud para la Familia, ya que si gestionan dicha incorporación dentro de un plazo de 12 meses, no les son aplicables las restricciones por enfermedad preexistente (arts. 84, fracc. IV, LSS y 82, 83, 85 y 99, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización).