Defiéndase del IMSS a través de Internet

Pasos para interponer una demanda de nulidad a través del sistema de juicio en línea del TFJA

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 .  (Foto: iStock)

En ocasiones el Seguro Social emite resoluciones que afectan la esfera jurídica de los patrones, ya que les impone alguna obligación o les modifica una, como la determinación de créditos fiscales o la alteración de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, respectivamente.

Este tipo de determinaciones pueden impugnarse a través del recurso de inconformidad, el cual se tramita ante dicho organismo o bien el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). El primer medio de defensa necesariamente es presencial y el segundo puede ser de la misma forma o por Internet. Esta última opción llega a ser benéfica para quién lleve el proceso, porque entre sus ventajas se encuentra que existe:

  • ahorro en tiempo y dinero, pues no habrá que trasladarse a las instalaciones del tribunal
  • acceso total a la justicia vía online, y
  • agilidad en las gestiones como en la interposición del juicio

Gracias a esto, los patrones y litigantes pueden tener una justicia pronta y expedita; de ahí que a continuación se dé a conocer cómo se presenta una demanda de nulidad en materia de seguridad social mediante el Sistema de Justicia en Línea del TFJA.

Juicio de nulidad

Es un procedimiento jurisdiccional a través del cual el patrón hace valer sus derechos frente al IMSS, ante el TFJA, para que este último se los restituya. Este se puede efectuar por la vía:

sumaria, el término para su interposición es de 30 días contados a partir del día siguiente al cual hubiese surtido efectos la notificación, siempre y cuando el monto del crédito fiscal no exceda de 15 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente elevada al año (actualmente 413,307.75 pesos) (arts. 58-1 al 58-15, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo —LFPCA—), u

ordinaria, el plazo para promoverlo es de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente al cual hubiese surtido efectos la notificación de la resolución del IMSS, siempre que el adeudo rebase la cantidad señalada o bien la impugnación no implique combatir una carga pecuniaria (arts. 13 al 18, LFPCA)

Estas dos variantes se pueden promover de forma presencial (por escrito en las oficinas del TFJA) o mediante la página.

Sistema de Justicia en Línea

Se puede definir como el método informático establecido por el TFJA para registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, gestionar, administrar y notificar el procedimiento contencioso administrativo que se sustancie ante el tribunal, al cual se tendrá acceso a través del portal de Internet (art. 67, Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa).

Esta modalidad se compone de un expediente electrónico, que incluye todas las promociones, las pruebas y otros anexos que presenten las partes, los oficios, los acuerdos y los fallos, en las que se garantiza su seguridad, inalterabilidad, autenticidad, integridad y durabilidad.

Dichos escritos se rubrican con la e.firma emitida por el SAT, la que produce los mismos efectos legales que la autógrafa; es por ello que los usuarios deben ser responsables de su uso porque la información presentada mediante este instrumento, le será atribuible y no admitirá prueba en contrario, salvo que se acrediten fallas en el sistema.

Toda promoción exhibida por este canal de comunicación se va hacer constar en un acuse electrónico en donde se establecerá la fecha y la hora de recibido.

Pruebas

Los documentos que se ofrezcan, incluyendo el expediente administrativo (resolución dictada por el IMSS) deben entregarse de forma legible a través del sistema (art. 58-K, primer párrafo, LFPCA).

En caso de ser papeles digitales, se debe manifestar bajo protesta de decir verdad la naturaleza de los mismos, especificando si la reproducción digital corresponde a una copia simple, certificada o al original y si tiene o no firma autógrafa (art. 58-K, segundo párrafo, LFPCA).

De presentarse medios de acreditación de otra naturaleza a las mencionadas, se deberán ofrecer en la demanda y ser exhibidas a la sala que esté conociendo del asunto, en la misma fecha en la que se registre en el sistema en línea la promoción correspondiente a su ofrecimiento, haciéndose constar su recepción por vía electrónica (art. 58-L, LFPCA).

Es importante señalar que en el sistema del juicio en línea, posterior al registro de la demanda, se capturan los datos de las pruebas y se adjuntan estas.

A pesar de ello, es recomendable que en la demanda, las pruebas se ofrezcan y se relacionen con los hechos narrados en el escrito inicial o en su ampliación.

Notificaciones

Las actuaciones y las resoluciones que de acuerdo con la LFPCA se tienen que dar a conocer de forma personal, mediante correo certificado con acuse de recibo o por oficio, en esta modalidad, deben realizarse a través del sistema de justicia en línea (art. 58-N, fracc. I, LFPCA).

Para ello el actuario debe elaborar una minuta digital en la que precise la actuación o resolución a notificar, así como los documentos que se adjunten a la misma y será ingresada en el sistema con la firma de dicho funcionario (art. 58-N, fracc. II, LFPCA).

Además se enviará un correo a las partes informándoles que se ha dictado una actuación o acuerdo en el expediente electrónico, en donde se indica la fecha y la hora en que se efectúe la gestión (art. 58-N, fraccs. III y IV, LFPCA).

La notificación se tendrá por practicada cuando el sistema de justicia genere el acuse de recibo respectivo, en donde conste el día y el tiempo en que las partes ingresaron al expediente, lo que debe hacerse dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha de envío del aviso a su e-email (art. 58-N, fracc. V, LFPCA).

De no generarse el comprobante en el lapso señalado, la notificación se realizará mediante lista y por boletín procesal al cuarto día hábil, contado a partir de la fecha de envío del mensaje (art. 58-N, fracc. VI, LFPCA).

Días hábiles

Para efectos del juicio bajo esta modalidad se consideran hábiles las 24 horas de los días que estén abiertas al público las oficinas de las salas del tribunal —lunes a viernes— (art. 58-O, LFPCA).

Las promociones presentadas se tienen por realizadas el día y hora que conste en el acuse de recibo correspondiente, en el lugar en donde el promovente tenga su domicilio fiscal y por recibidas en el lugar de la sede de la sala regional a la que corresponda conocer del juicio por razón de territorio. Si se trata de un día inhábil, se tendrán por exhibidas el día hábil siguiente.

Fallas en el sistema

Si por caso fortuito, fuerza mayor o defectos técnicos se interrumpe el funcionamiento de la plataforma y es imposible cumplir con los plazos señalados en la ley, las partes deben dar aviso a la sala competente, en la promoción respectiva, la cual debe estar sujeta a término (ampliación de demanda, pruebas, desahogo de prevención), quienes pedirán un reporte al titular de la unidad administrativa del tribunal responsable de la administración del sistema sobre la existencia de la paralización del servicio (art. 58-S, primer párrafo, LFPCA).

De proceder lo anterior se debe señalar la causa y el tiempo de la falla, indicando cuándo se reactivó, suspendiéndose los plazos durante el defecto, lo cual se hará constar a través de un acuerdo en el expediente electrónico de que se trate (art. 58-S, segundo párrafo, LFPCA).

Acceso al sistema

Para poder ingresar y consultar el expediente respectivo es necesario contar con una clave y contraseña proporcionadas por el TFJA.

Por esta razón se debe acudir al módulo de registro del tribunal, según la región a la que corresponda, y llenar la “Solicitud de trámite ante el módulo de registro del Sistema de Justicia en Línea, usuarios externos”, en la que deben precisarse los siguientes datos:

  • nombre completo
  • domicilio (calle, número exterior e interior, calles que la circundan, colonia, ciudad, código postal, delegación o municipio, entidad federativa y país)
  • correo electrónico particular
  • Clave Única de Registro de Población (CURP), y
  • nacionalidad

Además se debe exhibir el original y la copia de la identificación oficial del interesado, y en caso de que la gestión se haga en representación de otra personal, se requiere el documento certificado con el que se acredite dicha situación.

El personal del tribunal solicitará que se capture una contraseña con signos, letras y números de ocho a 12 dígitos, y posteriormente entregará una constancia de alta y una carta responsiva para que sea suscrita.

Caso práctico

La empresa Almacenes de Comida SA de CV con número de registro patronal A80-12345-10, recibió de parte del IMSS la cédula de liquidación por diferencias de la determinación y el pago de las cuotas obrero-patronales omitidas por el periodo 04/2017 correspondientes a los Seguros de Enfermedad y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, y Guarderías y Prestaciones Sociales; igualmente de las actualizaciones, los recargos y una multa por un total de 1,815. 65 pesos.

Tras una revisión del documento y de la información en su poder, la compañía llega a la conclusión que tal requerimiento es inexacto toda vez que el trabajador por el que se determina dicha carga, estuvo de incapacidad durante el periodo de abril, por lo que no se debieron cubrir la cuotas de los seguros señalados, conforme al numeral 31, fracción IV de la LSS.

Ante esta situación su representante legal desea interponer un juicio de nulidad en línea en contra del crédito fiscal, por lo que a continuación se detallan los pasos a seguir.

1. Ingresar a la página https://www.juicioenlinea.gob.mx; en el menú de lado derecho; digitar la Clave de Acceso y la Contraseña, previamente proporcionada por el TFJA, y oprimir en ENTRAR 

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2. En la barra lateral izquierda se pulsa el botón Registrar Demanda 

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Hecho lo anterior se debe tocar la opción Registrar Nueva Demanda 

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3. Seleccionar si se trata de un juicio de nulidad y si es por la vía sumaria. Posteriormente presionar la opción Iniciar 

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4. Escoger si la demanda la interpone una persona física, moral o es una autoridad (en este caso se trata de una moral), indicar el nombre de quién promueve el juicio (la empresa) y los datos de identificación del representante legal, así como su clave de acceso y número de registro del tribunal y se presiona Agregar + 

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El sistema tendrá por registrado a quién interpone la demanda. Inmediatamente se da clic en Siguiente 

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5. Capturar los datos de quien interpone el juicio: correo electrónico, domicilio fiscal o particular. Hay que pulsar en Siguiente 

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6. Seleccionar la ley en que se funda el acto (en este ejemplo la LSS); la materia (administrativa o contribuciones); la submateria (cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones); la autoridad emisora; la resolución impugnada, el tipo, fecha y número de la resolución y la cuantía. Para continuar se debe apretar la opción Agregar

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Inmediatamente se registra la resolución impugnada. Para continuar se elige Siguiente 

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De forma automática aparecen los datos del domicilio sede de la autoridad demandada, ahí dar clic en Siguiente 

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7. El sistema permite registrar a una persona para que pueda consultar el expediente. Para ello dicho sujeto debe contar con clave de acceso y número de registro del tribunal.

En caso de autorizar a un sujeto debe capturar su nombre y pulsar Agregar + y después Siguiente 

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8. La página pregunta si se desea agregar terceros interesados. De ser el caso ingresar el nombre de estos y su representante y se tiene que oprimir el botón Agregar +. Para continuar se debe pulsar Siguiente 

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9. Se debe transcribir la demanda en el sistema. Para tal efecto se tiene que habilitar la casilla Capturar Escrito de Demanda, en el espacio habilitado se puede escribir la misma o bien copiar el texto de Word y pegarlo.

Es importante señalar que en este punto, el espacio de texto está limitado a ciertas líneas por lo que se recomienda ser conciso en los agravios.

De inmediato se debe oprimir el botón Generar Documento, el cual sirve para crear un archivo en formato PDF

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 El archivo generado se debe guardar en el disco duro de la computadora. Con ese fin se debe oprimir en el nombre del documento, en este caso: ARCHIVO_20170925_135600_0729 

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10. Para registrar la demanda se debe pulsar la opción Examinar… 

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Ubicar el archivo en PDF antes guardado y presionar Abrir 

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Dar clic en Adjuntar y Firmar 

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Posteriormente aparecerá la validez de la ruta local del archivo cargado. Ahí se debe pulsar Continuar 

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Capturar el RFC relativo a la e.firma, seleccionar los archivos .cer y .key; dar clic en Buscar e indicar la ubicación de estos y apretar los botones Abrir; Verificar y Firmar 

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El sistema enviará el mensaje respecto al estatus de la transferencia. Para comenzar el proceso se debe dar clic en el primer ícono que está seguido de la barra de estatus de transferencia 

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Terminado este proceso aparecerá el nombre y la ruta del archivo así como el resultado de FIRMADO, para obtener el comprobante respectivo; ahí se debe oprimir el botón Constancia de firmado y posteriormente en Salir 

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11. Es importante que en el rubro Archivo Cargado y Firmado, aparezca el nombre del documento que previamente se cargo, en este supuesto: ARCHIVO_20170925_135600_0729. Oprimir Siguiente 

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12. En la nueva pantalla se tiene la oportunidad de adjuntar las pruebas que se deseen aportar al juicio. Para ello se debe requisitar cada uno de los apartados que se mencionan a continuación. 

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En el rubro:

Naturaleza del Documento, seleccionar si se trata del original con o sin firma autógrafa; de una copia simple o certificada o de un archivo electrónico con o sin firma electrónica 

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Tipo de Documento o Prueba, escoger si es una resolución impugnada, la constancia de notificación, los documentos justificativos de la personalidad, las pruebas, el pliego de posiciones, el cuestionario testimonial u otros 

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Indicar si la prueba es o no confidencial e introducir la fecha de esta. Dar clic en Examinar… para cargar al sistema la constancia (ver paso 10); posteriormente en el botón Agregar +; si ya no se desea registrar más pruebas, pulsar Firmar todo a efectos de introducir la e.firma respectiva y presionar la opción Siguiente

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13. El sistema permite ofrecer pruebas no documentales (seleccionar la casilla respectiva), tales como la confesional, física, inspección judicial, la pericial o la testimonial. Para tal efecto se debe indicar la cantidad, su descripción, si es o no confidencial y dar clic en Agregar +. 

Oprimir la opción Siguiente

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14. Aparece el resumen de los datos capturados durante el transcurso del procedimiento, de ser correctos apretar el botón Siguiente 

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15. El sistema reproducirá los términos y condiciones de uso del sistema de justicia en línea del tribunal. Seleccionar las dos casillas que aparecen y pulsar el botón Enviar y Finalizar; inmediatamente el sistema habilitará la descarga de la carátula del acuse de la presentación de la demanda de nulidad 

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Conclusión

El trámite para interponer el juicio de nulidad es sencillo, no obstante en donde pueden surgir problemas es en la compatibilidad de la computadora para desahogar dicha gestión, ya que el procedimiento emplea la aplicación java y actualmente casi todos los navegadores no permiten su utilización.

Por otra parte se recomienda imprimir todos los documentos que se generen a través de la página web del tribunal, a efectos de tener un soporte de lo actuado, y se forme un expediente junto con las pruebas físicas que se tienen.