Ajustes al pago en la incorporación voluntaria al ROSS

El IMSS modificó la forma de cubrir las cuotas anticipadas para los sujetos que desean adherirse a este régimen

(Foto: Cuartoscuro)
 (Foto: Cuartoscuro)  (Foto: Redacción)

La LSS prevé que los trabajadores independientes, de industrias familiares, profesionistas, comerciantes en pequeño, artesanos, otros no asalariados, ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y patrones personas físicas puedan incorporarse voluntariamente al Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS), sujetándose a las disposiciones de la LSS y sus reglamentos  (art. 13, fraccs. I, III y IV, LSS).

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Según el numeral 224, primer párrafo de la LSS, para gozar de este derecho, es necesario que los interesados cubran su pago por anualidad de forma adelantada.

Esto cambió, toda vez que el Seguro Social publicó en el DOF de este 25 de octubre la autorización del pago bimestral y anticipado en la incorporación voluntaria al ROSS de forma presencial y electrónica, por lo que hace a los sujetos descritos.

Para tales efectos las siguientes direcciones del IMSS realizarán distintos actos:

  • Incorporación y Recaudación del IMSS, establecerá los procedimientos técnicos, operativos y formatos necesarios, para que la inscripción y renovación se lleven a cabo de forma bimestral o anual anticipada, ya sea de forma digital o presencial, e
  • Innovación y Desarrollo Tecnológico, desarrollará el aplicativo correspondiente

El pago bimestral de forma presencial se autoriza a partir de este 25 de octubre y los trámites mediante el portal de Internet del Instituto surtirá efectos cuando esté disponible el programa informático respectivo.