Atención de RT con médico particular, ¿libera a patrón ante el IMSS?

Obligación de las empresas de considerar los accidentes y las enfermedades profesionales

 -  (Foto: Redacción)

José Juan Rios Aguilar

Cuando un trabajador es víctima de un accidente de trabajo, en ocasiones el patrón lo lleva a un hospital particular y cubre todos los gastos de la atención clínica, a efectos de que dicho siniestro no sea considerado en el cálculo de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, pues supuestamente el IMSS no tiene conocimiento del mismo.

Este criterio es incorrecto, porque el numeral 32, fracción I del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) señala que para determinar la siniestralidad de la empresa, deben considerarse todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales terminados durante el 1o. de enero al 31 del año de que se trate.

Además, el artículo 23 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS prevé que cuando al siniestrado se le otorgue la atención médica en hospitales distintos al Seguro Social, el patrón está obligado a informar al Instituto del probable riesgo de trabajo y la atención brindada para que la oficina de salud en el trabajo realice la calificación correspondiente.

En relación con lo anterior, los preceptos 51, 304-A, fracción XII y 304-B, fracción IV de la LSS ordenan a las empresas que deben avisar al Instituto del accidente o enfermedad de trabajo (a través del llenado de los formatos ST-7, Aviso de atención médica y calificación de probable accidente de trabajo o ST-9, Aviso de atención médica y calificación de probable enfermedad de trabajo), pues de lo contrario podrían ser sancionadas con una multa equivalente de 20 a 350 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), actualmente 1,509.80 a 2,6421.50 pesos.

Como puede observarse la atención privada a un riesgo de trabajo no libera al patrón de reportarlo al IMSS y al tenerse como terminado debe considerarse en la declaración anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo.

MÁS SOBRE:

NO TE PIERDAS: