Factores para cuotas y aportaciones 2018

Primas y topes máximos salariales a aplicar para el pago ante el Seguro Social e Infonavit

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 .  (Foto: Getty)

Primas para cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda

Seguro y concepto

Prestaciones

Cuotas

Base salarial

Patrón

Trabajador

Total

Riesgos de Trabajo

En especie y dinero

Conforme con su siniestralidad laboral

0.00 %

Prima correspondiente1

Salario base de cotización (SBC)

Enfermedades y Maternidad

En especie

 

 

Cuota fija por cada colaborador hasta por tres veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA)2

20.40 %

0.00 %

20.40 %

UMA2

Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA2

1.10 %

0.40 %

1.50 %

Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA2

Gastos médicos para pensionados y beneficiarios

1.05 %

0.375 %

1.425 %

SBC

En dinero

0.70 %

0.25 %

0.95 %

SBC

Invalidez y Vida

En especie y dinero

1.75 %

0.625 %

2.375 %

SBC

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV)

Retiro

2.00 %

0.00 %

2.00 %

SBC

CEAV

3.150 %

1.125 %

4.275 %

SBC

Guarderías y Prestaciones Sociales

En especie

1.00 %

0.00 %

1.00 %

SBC

Infonavit

Crédito para vivienda

5.00 %

0.00 %

5.00 %

Salario base de aportación

Notas:

1    En enero y febrero de 2018 se considera la declarada en febrero de 2017. La prima a considerar del 1o. de marzo 2018 al 28 de febrero de 2019 se calculará según la fórmula de los artículos 72 de la LSS y 32 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de  Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), y se  presentará al IMSS, en la declaración respectiva a más tardar el último día de febrero de 2018

2    El 27 de enero de 2016 se dio a conocer el Decreto con el que se desindexó el salario mínimo para que deje de ser utilizado como índice, unidad, base o medida de referencia para los fines ajenos a su naturaleza, sustituyéndolo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Asimismo, el IMSS en el  Acuerdo del Consejo Técnico número 26/2017, del 25 de enero de 2017, instruyó a las Direcciones de Administración, de Incorporación y Recaudación, de Innovación y Desarrollo Tecnológico, y de Prestaciones Económicas y Sociales del Seguro Social, para que adecuaran los sistemas informáticos institucionales; los procedimientos técnico operativos y los formatos necesarios para la adopción de la UMA.

Además el oficio No. 6/2016-2017 del Instituto Mexicano de Contadores Públicos dirigido a sus integrantes, señala que debe entenderse que se utilizará la UMA para el cálculo de las cuotas de prestaciones en especie (fija y excedente) del Seguro de Enfermedades y Maternidad

Fechas de pago 2017


Mes

Fecha límite de pago

Cuotas a pagar1

Diciembre 2017

17 de enero de 2018

Mensual y bimestral4

Enero 2018

19 de febrero2

Mensual

Febrero

20 de marzo2 y 3

Mensual y bimestral4

Marzo

17 de abril

Mensual

Abril

17 de mayo

Mensual y bimestral4

Mayo

18 de junio2

Mensual

Junio

17 de julio

Mensual y bimestral4

Julio

20 de agosto2

Mensual

Agosto

17 de septiembre

Mensual y bimestral4

Septiembre

17 de octubre

Mensual

Octubre

20 de noviembre2 y 3

Mensual y bimestral4

Noviembre

17 de diciembre

Mensual

Diciembre

17 de enero de 2019

Mensual y bimestral4

Enero 2019

18 de febrero de 20192

Mensual

Notas:

1        Según el artículo 14, segundo párrafo del Reglamento del CFF, cuando el pago de las cuotas se efectúe con cheque, este deberá expedirse a favor del organismo descentralizado del que se trate; el cheque no será negociable y será abonado exclusivamente a la cuenta bancaria del organismo descentralizado correspondiente

       Asimismo, la regla 2.1.19 de la  Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el DOF el 22 de diciembre de 2017, establece que el cheque deberá contener las siguientes inscripciones:

       En el anverso: “Para abono en cuenta bancaria del (organismo descentralizado)” y el número del registro del contribuyente en el organismo relativo.

       En el reverso: “Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente)” con Registro Federal de Contribuyentes. Para abono en cuenta bancaria del (nombre del organismo)

2        Cuando el último día de pago oportuno sea viernes o inhábil, se prorroga el plazo hasta el día hábil siguiente (art. 3o, último párrafo, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización)

3    En atención al numeral 23 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, cuando el último día para el cumplimiento del pago oportuno sea inhábil o viernes, se estará a lo dispuesto por el CFF, esto es, el pago deberá efectuarse al siguiente día hábil (art. 12, CFF)

4    Según el numeral 39 de la LSS, las cuotas obrero-patronales se causan por mensualidades vencidas y se pagarán a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a su causación. Sin embargo, las cuotas relativas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como el 5 % de las aportaciones al Infonavit se enterarán en forma bimestral hasta en tanto no se homologuen los periodos de pago contemplados en las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado e Infonavit (arts. Vigésimio Séptimo Transiorio, LSS y Sexto Transitorio, Ley del Infonavit)

Tabla de factores de integración

Los patrones tienen que revisar la antigüedad de sus trabajadores, para identificar cuándo deben llevar a cabo las modificaciones salariales respectivas, porque por cada año de servicios aumentan los días de vacaciones, y por tanto la prima vacacional y el factor de integración.

Es por ello que las empresas deben realizar los movimientos salariales de sus colaboradores (arts. 15, fracc. I y 31, fracc. I, LSS).

A continuación se muestran los factores de integración de los subordinados que perciben las prestaciones mínimas previstas en la LFT, mismas que son conocidas y permanentes (aguinaldo y prima vacacional), por lo que forman parte del SBC (arts. 27 y 30, fracc. I, LSS).

Integración de Prestaciones legales

Años de servicio

Días de

Prima vacacional

Factor de integración

Aguinaldo

Vacaciones

1

15

6

25 %

1.0452

2

15

8

25 %

1.0466

3

15

10

25 %

1.0479

4

15

12

25 %

1.0493

5-9

15

14

25 %

1.0507

10-14

15

16

25 %

1.0521

15-19

15

18

25 %

1.0534

20-24

15

20

25 %

1.0548

25-29

15

22

25 %

1.0562

30-34

15

24

25 %

1.0575

35-39

15

26

25 %

1.0589