Infonavit empleará e.firma en sus actuaciones
Ya es un hecho el uso de la Firma electrónica para gestionar procesos del Instituto
Seguridad Social
El Infonavit publicó en el DOF del 9 de mayo de 2019 un acuerdo de su consejo de administración en el que se aprueba el uso de la Firma Electrónica Avanzada (e.firma), cuyo certificado digital sea emitido por el SAT conforme a los siguientes términos:
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- en las actuaciones y los actos inherentes al ejercicio de atribuciones legales y reglamentarias, así como en los procesos, que realice el personal facultado del Instituto. Este mecanismo de firmado electrónico es adicional a la suscripción con firma autógrafa, y
- tendrá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, por lo que se considera responsable de las actuaciones y los actos emitidos y suscritos con la e.firma a la persona titular de dicha firma
Por otra parte, le corresponde a la Coordinación General de Recaudación Fiscal del Infonavit:
- emitir los lineamientos para el uso de la e.firma en las actuaciones y los actos inherentes al ejercicio de atribuciones legales y reglamentarias, así como de los procesos, que realice el personal facultado del organismo, y
- difundir entre los aportantes y destinatarios de servicios el uso del firmado electrónico e informará al Consejo de Administración conforme suceda, las actuaciones y los actos que se emitan con el uso de la e.firma
Se instruye a la Subdirección General de Tecnologías de la Información del Infonavit para que garantice la seguridad de la información electrónica y datos personales que se requieren y administran para el uso de la e.firma, así como para el correcto funcionamiento de los sistemas que la utilicen y para asegurar que la misma ha sido validada ante el SAT.
Finalmente este acuerdo entrará en vigor el mismo 10 de mayo de 2019.