ST-7 de personal de proveedor de servicios

Se recomienda que en días posteriores verifiquen en el Escritorio Virtual del IMSS o en el portal IMSS Desde su Empresa (IDSE) en el rubro de riesgos de trabajo,

Recientemente adquirimos un elevador por lo que el proveedor envió a su personal a colocarlo en nuestras oficinas. Durante el proceso, uno de los instaladores sufrió un riesgo de trabajo (RT), y al acudir este al IMSS, se le extendió el Aviso de Atención Médica y Calificación de Probable Accidente de Trabajo (ST-7) en el cual aparece el nombre de nuestra compañía como patrón. 

Qué tenemos que hacer Nos pueden orientar



El precepto 42 de la LSS prevé que se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste.

Es decir, para que jurídicamente ustedes fueran los responsables directos del percance, tendrían que haber contratado laboralmente al siniestrado, situación que en la especie no acontece.

En este caso, se trata de una labor realizada en comisión, debido a que fue un tercero ajeno a su empresa, quien mandó a ese colaborador a trabajar en sus instalaciones.

Ante esta circunstancia, deben acudir al área de Salud en el Trabajo de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que expidió el formato y exhibir un escrito libre que contenga: nombre o razón social, registro patronal, nombre del representante legal, domicilio del centro de trabajo, lugar y fecha de solicitud y motivo de petición (aclarar que no es un subordinado afiliado bajo su registro patronal y que solo acudió a sus instalaciones por parte del vendedor de elevadores).

Además, se debe presentar en original y copia:

·         identificación oficial del patrón o su representante legal (anexando poder notarial)

·         tarjeta de identificación patronal

·         contrato con la empresa proveedora del servicio, y

·         formato ST-7 en blanco

El personal de la UMF se encargará de corregir tal formato en su sistema y de enviar el correcto al patrón del accidentado, para que conozca del siniestro y sea quien se encargue de capturar los datos respectivos.

Paralelo a lo anterior, se sugiere que contacten a su proveedor de servicios para que acuda a la UMF a notificarse del ST-7 correcto y que asuma su responsabilidad laboral y de seguridad social.

Además, también se recomienda que en días posteriores verifiquen en el Escritorio Virtual del IMSS o en el portal IMSS Desde su Empresa (IDSE) en el rubro de riesgos de trabajo, que dicho percance no esté cargado a su empresa, a fin de evitar en un futuro problemas en el cálculo de su prima de RT.